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Ordenan brindar solución habitacional a una persona trans

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Padece un crítico estado de salud y necesita un ambiente adecuado e higiénico. Se tuvo en cuenta sus dificultades para acceder al mercado laboral como consecuencia de las dolencias que sufre y la escasa formación con la que cuenta

El Juzgado en lo Contencioso-administrativo y Tributario N° 6 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de la jueza Patricia López Vergara, hizo lugar a una acción de amparo y, en consecuencia, ordenó al Gobierno porteño y al Instituto de la Vivienda brindar una solución habitacional a una persona integrante del colectivo trans.
En la resolución, la jueza explicó la amparista es una persona trans de 54 años, quien se encuentra en una crítica situación de salud y que, debido a las afecciones que padece, “precisa un ambiente adecuado e higiénico”.
Según consta en el expediente, la amparista se halla, además, en una singular situación de vulnerabilidad a partir de su identidad de género, ya que “se inyectó en sus glúteos silicona líquida mezclada con aceite de avión y vaselina líquida”, lo que le generó una discapacidad con serios problemas de salud.
También señaló las “dificultades” en el acceso al mercado laboral, como consecuencia de los problemas de salud, la escasa formación educativa y la ausencia de lazos de contención socio-familiares.
“Surge a las claras que la actora se enfrenta a una realidad poco alentadora producto de su trayectoria de precarización laboral –sin referencias comprobadas– y de la discriminación que sufre como consecuencia de su identidad sexual”, continuó el fallo.
Asimismo, la magistrada resaltó que al momento de interponer la presente acción la actora “se encontraba en inminente situación de calle –al haber sido intimada al desalojo de la vivienda donde habitaba– agravada por su situación de discapacidad derivada de los problemas de salud que padece”. Por ello, la sentenciante determinó que “deviene imperiosa la ayuda estatal”, a fin de brindarle las “herramientas necesarias en pos de una vida digna y autónoma”.

 

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