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Ordenan a un juzgado de Violencia que disponga medidas de protección de la víctima

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Los magistrados entendieron que no podían enviar la causa a un tribunal de Familia de Córdoba porque aún no se desactivaron las denuncias. Recordaron que, para estos casos, las mujeres tienen “el derecho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes”

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Familia y Contencioso-administrativo de Villa María revocó un decreto dictado por un juzgado de Violencia Familiar y de Género de la sede, que archivó una denuncia de violencia familiar en contra del padre de un niño de seis años. El decreto revocado había dejado sin efecto las medidas de protección dictadas en el caso y ordenado que la denunciante, expareja del denunciado y madre del niño, se dirigiera con sus pedidos al Juzgado de Familia de 5ª Nominación de la ciudad de Córdoba, para que resuelva sobre el cuidado personal del niño.

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