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Ordenan a prepaga dar cobertura a tratamiento para la apnea del sueño

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El tribunal de alzada ratificó lo resuelto por el juez de grado, en cuanto a que reafiliara al accionante en el plan en el que estaba inscripto, con la sola condición del pago de la cuota correspondiente. La Cámara amplió la decisión, otorgándole al demandante el costeo del 100% de la práctica

En la causa “L. E. J. c/ Medicus s/ incidente de medida cautelar”, el accionante promovió acción de amparo con medida cautelar con el objeto de obtener que la prepaga médica demandada procediera de forma inmediata a su reafiliación y cobertura del 100% del costo total que demande el tratamiento nocturno de oxigenación (CPAP, por sus siglas en inglés) que le había sido indicado por el médico que lo asiste en virtud de la dolencia que padece; esto es, apnea del sueño.
El juez de grado decretó la medida cautelar solicitada, disponiendo que la empresa accionada restableciera la cobertura del actor en el plan superador al que se encontraba adherido al mes de junio de 2015, contra el pago de la cuota correspondiente. A su vez, el demandante requirió que se ampliara la referida cautelar en razón de que no se había incluido en ella la cobertura del 100% del costo total del referido tratamiento de oxigenación.

Dicha decisión fue apelada por Medicus SA, alegando que el tratamiento de oxigenoterapia no se encuentra contemplado por el Programa Médico Obligatorio (PMO), por lo que “en el mejor de los casos” se accedería a dicha cobertura pero sólo hasta alcanzar el límite del 40% del costo del servicio, ello sumado a que dicha cobertura tampoco se encuentra ni legal ni contractualmente prevista.
Al dilucidar la cuestión, los camaristas Ricardo Víctor Guarinoni, Graciela Medina y Alfredo Silvario Gusman, quienes integran la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal expusieron que la finalidad de la medida decretada es responder prontamente al requerimiento terapéutico del señor E. J. L,. -de 33 años-, cuyo diagnóstico es apnea del sueño, fundamentando que por medio del dictado de la cautelar peticionada se intentaban evitar las consecuencias perjudiciales que tendría su satisfacción “sólo al cabo del desarrollo del proceso de fondo, cuya duración es susceptible de extenderse por un lapso ciertamente prolongado”.

En tal sentido, los magistrados entendieron que el actor presentaba un diagnóstico de apnea del sueño, motivo por el cual requería del CPAP, por lo que establecieron: “Ponderando que el vasto conjunto normativo que regula los intereses aquí en juego -derecho a la salud y deber de asistencia médica- comporta una cuestión jurídica compleja cuya dilucidación excede el estrecho marco cognitivo del ámbito cautelar, se estima apropiado mantener la prestación médica necesaria para la adecuada atención terapéutica del señor L.”.
En definitivo, la Sala resolvió que lo decidido por la juzgadora (de primera instancia) en torno a la cobertura del tratamiento con provisión de oxigeno por la noche solicitado por el beneficiario resulta “acertado”.

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