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Nuevo fallo por contenedores de basura frente a domicilios

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En junio, una paciente inmunosuprimida logró que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires retirara el dispositivo. Ahora, la Justicia garantizó la circulación de un vecino que sufre varias dolencias

La magistrada Alejandra Petrella, titular del Juzgado Número 12 en lo Contencioso-administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires, admitió el amparo ambiental promovido por una vecina de la Capital Federal, en su carácter de apoderada de su padre, quien padece una discapacidad psicofísica y motriz. La jueza ordenó al Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta abstenerse de reinstalar contenedores de residuos frente a las puertas, ventanas y/o cercanías de acceso al domicilio del hombre.
En su fallo, la jueza precisó que el paciente quedó incapacitado como consecuencia de haber sufrido ocho episodios agudos de hipertensión arterial, cuatro ACV isquémicos, múltiples infartos, insuficiencia renal crónica y depresión. En tanto, reseñó que el hombre está internado en su vivienda, con atención de alta complejidad, y que necesita disponibilidad de espacio en la puerta y vereda adyacente porque debe ser trasladado permanentemente para estudios y prácticas de kinesiología.
A su turno, la amparista alegó que la presencia de residuos en las cercanías de la casa de su padre es un factor de riesgo, ya que su desplazamiento y su sistema inmunológico se encuentran comprometidos.
En junio, la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó un decisorio similar e intimó a la Administración municipal a relocalizar el contenedor que había dejado en la puerta del domicilio de una paciente inmunosuprimida.
En su fallo, el magistrado citó normativa sobre el derecho a la salud y dio por probado que ante las patologías que presenta la demandante, la ubicación de un contenedor de residuos húmedos a la altura del ingreso a su casa no era posible, ya que los agentes patógenos la ponen en riesgo de contraer infecciones.

El paciente -padre de la actora- quedó incapacitado como consecuencia de haber sufrido ocho episodios agudos de hipertensión arterial, cuatro ACV isquémicos, múltiples infartos, insuficiencia renal crónica y depresión. Está internado en su vivienda, con atención de alta complejidad.
En el fallo se destacó que necesita disponibilidad de espacio en la puerta y vereda adyacente,
porque debe ser trasladado permanentemente para estudios y prácticas de kinesiología.

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