El tribunal destacó que la accionante debió comunicar a su empleadora que se le había extendido la carpeta médica, y que la patronal no estaba obligada, en tal caso, a citarla para efectuar un nuevo control El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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La neutralidad de los jueces y su presencia en el espacio público
Nos proponemos en esta ocasión hacer un comentario del recientemente publicado dictamen N° 30 de fecha 21 de marzo pasado de la...