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“No puedo recuperar la República llevándome por delante la República”

13 noviembre, 2017
La relevancia de la tutela del consumidor
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El ex fiscal de las cámaras civiles y comerciales de Córdoba, Francisco Junyent Bas,  se refirió a la reforma del Ministerio Público que impulsa el Ejecutivo. Recordó que se trata de un órgano extrapoder y pretender rebajar su jerarquía es inconstitucional. Cuestionó el plazo de cinco años que se fija al próximo procurador y los cambios en materia de remoción

Por Silvina Bazterrechea – sbazterrechea@comercioyjusticia.info

La discusión sobre la reforma del Ministerio Público Fiscal continuará esta semana en el Congreso y la firma del dictamen podría demorarse más de lo previsto. El miércoles pasado se abrió el debate y no fueron pocas las voces que se manifestaron en contra de la iniciativa que impulsa el Gobierno de Mauricio Macri, con el apoyo de un sector del peronismo.
Cambios en el mecanismo de nombramiento del procurador General de la Nación y su remoción, además de la duración del mandato, son algunos de los aspectos de la reforma que comenzó a tratarse luego de la renuncia de Alejandra Gils Carbó.
Francisco Junyent Bas fue fiscal de las Cámaras Civiles y Comerciales de Córdoba. Su vasta trayectoria en el derecho y su sólida formación académica fue motivo para consultarlo sobre esta reforma que despierta polémica y genera posturas encontradas.

– ¿Que análisis hace respecto de esta reforma que pretende aprobarse?
– Yo noto en este debate una notable confusión, al grado tal que aún hoy no se comprende adecuadamente la ubicación institucional del Ministerio Público Fiscal. Esto de pretender bajar la jerarquía al Ministerio Público es inconstitucional. El Ministerio Público es un órgano extrapoder y sus funcionarios tienen la misma jerarquía que los miembros que integran la Corte Suprema. Que lamentablemente hayamos tenido una procuradora militante no justifica esto. No puedo recuperar la República llevándome por delante la República.
Así, la nueva visión de la estructura orgánica institucional ha puesto en claro el nuevo rol del Ministerio Público, y la doctrina enseña que éste tiene una importancia fundamental, pues es el abogado de la sociedad, es el defensor de la sociedad ante el Poder Judicial, los intereses de ella son los del Ministerio Público Fiscal, no defiende los intereses del Estado ni los de un gobierno en particular e impulsa la defensa de los intereses generales de la sociedad.

– Pero en Córdoba, el Ministerio Público no funciona como un órgano extrapoder …
– En nuestra provincia se optó porque forme parte del Poder Judicial, porque se pensó que, de esa manera, se iba a tutelar mejor al Ministerio Público de las influencias del Ejecutivo. No obstante, se da al fiscal General la misma jerarquía que a un miembro del Tribunal Superior, es decir, en ese sentido, normativamente está bien ajustado.

– ¿Qué aspectos considera graves de esta reforma que se impulsa?
– Se está haciendo un desastre; entre los aspectos más graves está el referido a la violación del artículo 120 de la Carta Magna. La convivencia social requiere un Ministerio Público activo y con un rol institucional definido, que no puede ser desvirtuado legalmente con reformas que lo colocan al arbitrio de mayorías electorales.

-¿Qué opina sobre fijar un plazo para quien ocupe el cargo de Procurador?
– No me parece correcto. En Córdoba no ha dado buenos resultados; si bien es discutible que se fije un plazo, yo también digo que ese plazo que se está pensando es exiguo. ¿Qué jurista de cierto prestigio o magistrado va a abandonar lo que está haciendo para irse a un cargo de cinco años? Si es un abogado de la calle, no va a dejar su estudio; es un absurdo, ni los profesores titulares en las universidades tenemos un plazo tan acotado para volver a concursar, el plazo dura entre siete y diez años.
La temporalidad del Ministerio Público puede ser un tema discutible, pero siempre que se haga con seriedad, y que ese plazo que se fije no convierta a quien ocupa el cargo en un funcionario frágil, que se tiene que portar bien para poder continuar.

– ¿Y que se apruebe su destitución por mayoría simple?
– Es un aberración. Yo recuerdo una cita del constituyente de 1994 que decía que el Ministerio Público es una estructura autónoma que no puede estar sujeta a los humores electorales. Con estos cambios si yo tengo mayoría electoral, lo saco. Si queremos una institucionalidad seria, tenemos que asegurar que cualquiera sea la visión ideológica de quien esté en la cabeza del Ministerio Público, lo tengo que respetar. Es cierto que una cosa es una visión ideológica y otra es hacer militancia política.

– Se piensa también en disolver procuradurías especiales
– Es un desastre, hay que analizar unidad por unidad, hay algunas que fueron muy bien pensadas. Gils Carbó no era una inútil, que fuera militante K no quiere decir que haya sido una inútil y muchas unidades fueron bien creadas y fueron creadas en el marco de la ley. Gils Carbó abusó de su poder pero no se corrige un abuso con otro abuso. Ya renunció Gils Carbó y lo que tienen que hacer ahora es poner a un jurista en ese lugar.

Comenzó el debate
Garavano defendió la reforma y esta semana sigue la discusión

El pasado miércoles, en el seno de la Comisión de Justicia -presidida por el senador Pedro Guastavino- comenzó el debate sobre el proyecto que modifica el mecanismo de nombramiento del procurador General de la Nación y su remoción, además de la duración del mandato.
Durante su exposición, el ministro Germán Garavano destacó la necesidad de generar “controles y contrapesos” en la Procuración y sostuvo que es «muy importante» reformar la ley orgánica para terminar con la acumulación de poder «enorme y muy fuerte” que tiene hoy el Ministerio Público y la figura del procurador General. «Creemos que el proyecto va en la dirección correcta. Para despejar cualquier duda se establece que el proceso de remoción requiere de mayorías más ágiles que permitan que rápidamente se haga la sucesión», expresó el funcionario .
De esa manera, se elimina la remoción del procurador mediante un juicio político, ya que, según Garavano, “solo la Constitución puede disponer el juicio político y no una ley”, apoyándose en el fallo del juez Pablo Cayssials que declaró “inconstitucional” este método para remover al jefe de los fiscales.

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