La Cámara Nacional en lo Criminal negó excarcelar a un procesado con prisión preventiva por amenazar matar a su madre si no le daba dinero
Según consta en la causa penal contra un hombre identificado como F.E.B., la tentativa de extorsión, que incluyó como eventuales víctimas a los sobrinos y nietos de su progenitora, cuyas iniciales son F.S., se produjo en una vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, a la que el agresor tenía prohibido acercarse.
La Sala V de la Cámara evaluó los elementos de pruebas aportados y concluyó que “el actuar que se le reprocha” a F.E.B. “constituye un indicador de riesgo de fuga” y da pauta que no se someterá al proceso penal.
Al detenido se le atribuye “haber amenazado de muerte a su progenitora, de 72 años, con el objeto de que le diera dinero” y “para incrementar el temor de la víctima, el imputado no sólo le habría referido que mataría a sus nietos, sino que también habría roto el vidrio de una puerta de su vivienda”.
Los camaristas Matías Pinto y Hernán López destacaron que ese episodio “no habría sido el primero ni aislado, sino uno más en un contexto de sucesivas situaciones de violencia psicológica y física dirigidas tanto a su madre como a otros familiares”.
El tribunal evaluó que, desde que fue excluido de la vivienda de su madre, F.E.B. está “sin arraigo cierto”, ya que “no se cuenta con ningún otro domicilio en el que pueda alojarse”.
Pinto y López recordaron, además, las reiteradas denuncias de la mujer ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia, donde refirió que su vida era “un suplicio” y que cuando no le daba dinero, su hijo le tiraba de los pelos y le decía que vaya a la calle a pedir plata.
También en la causa, la hermana del detenido, L.V.B. declaró tenerle “mucho miedo”, estar “aterrada” porque vive a dos cuadras del domicilio materno” y que tiene “terror” de que el procesado “le hago algo” a su mamá o a sus hijos.
En la causa penal, se agregaron conclusiones de la OVD y de la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que calificaron la situación de la víctima como de “altísimo” y “alto riesgo”, respectivamente.
Al ratificar la negativa a excarcelar, el tribunal sostuvo que “la medida de coerción dispuesta debe ser confirmada por resultar indispensable” ante la situación de “vulnerabilidad” por la edad y estado de salud” de la denunciante.