Reconducen el rubro lucro cesante a 70% de lo condenado originalmente por el tribunal a quo, debido a que la actora no se encontraba realizando una actividad laboral que le implicara un ingreso fijo.
Al advertir que lo resarcido a la actora fue la pérdida de la posibilidad o “chance” de desenvolverse en su vida cotidiana y de relación, que la plenitud de capacidad fue comprometidas por la lesión sufrida al caerse en un supermercado porque se patinó por el derrame en el piso de un yogurt, un tribunal admitió parcialmente el recurso apelación interpuesto por la demandada Jumbo Retail Argentina SA (Supermercado Vea). El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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