El tribunal de primera instancia consideró nulas las contrataciones en controversia, al concluir que el consumidor no recibió la información suficiente para tomar real conocimiento de lo que contrataba
El Juzgado 6ª Civil y Comercial de Córdoba consideró nulas las contrataciones de dos seguros realizados mediante la tarjeta de crédito de la firma Cencosud SA porque consideró que se realizó con mecanismos que no brindaron la debida información para que el consumidor tome real conocimiento de lo contratado.
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