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Los judiciales se movilizan y denuncian al Tribunal Superior

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Con una movilización hacia la Secretaría de Trabajo los empleados del Poder Judicial de Córdoba continuarán hoy con las medidas de fuerza que vienen sosteniendo desde hace más de dos meses en reclamo de un incremento salarial.
La marcha fue resuelta por los trabajadores el martes último, en una asamblea en la que decidieron continuar con las medidas de fuerza a través de la profundización del trabajo a código y la posibilidad de concretar un nuevo paro de actividades en la segunda quincena de mayo.
La visita a la sede de trabajo tiene por objetivo abrir un expediente contra el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), al que acusan de imponer a sus empleados “prácticas antisindicales” a través de la firma de acordadas “antijurídicas”.

El secretario adjunto de la Asociación Gremial de los Judiciales, Federico Corteletti, señaló a Comercio y Justicia que la denuncia al Alto Cuerpo podría terminar en otra condena de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), similar a la que se le aplicó en el 2003.
Entre los motivos que despertaron el malestar de los empleados, se destaca una acordada en la que se establece que, en caso de que se disponga una medida de fuerza, los tribunales y demás dependencias administrativas del Poder Judicial deberán establecer un sistema de “guardias mínimas” que garanticen la prestación del servicio. El incumplimiento de dichas guardias será considerado como una “falta grave”, según advierte la resolución del Alto Cuerpo.

En el mismo texto se remarca que el llamado “trabajo a código” que están implementando los trabajadores constituye “una medida de acción directa, que representa un grave incumplimiento de los deberes expresos e implícitos que surgen de la relación de empleo público”.
Por último, el TSJ recomendó a los magistrados el “mayor esfuerzo y presencia” en los horarios en que se desenvuelve la actividad de los funcionarios.
La acordada fue rechazada de plano por el gremio, que la tildó como una “barbaridad jurídica” atento a que, según afirman, está en contra lo que dispone la ley nacional 25877 respecto de lo que se consideran servicios esenciales.
“La obligación no puede recaer sobre los empleados, la ley fija claramente cuáles son los servicios esenciales y en qué casos se establecen las guardias mínimas, este no es el caso, es una barbaridad jurídica”, concluyó el secretario gremial.

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