El fiscal General Adjunto, Pablo Bustos Fierro, recordó que los magistrados tienen la facultad de imponer la condena por daño punitivo que consideren adecuada aunque ésta exceda lo reclamado originalmente en la demanda. La clienta reclamó $30 mil y la Cámara solicitó a la empresa de telefonía a pagar $300 mil
El fiscal General Adjunto de Córdoba, Pablo Bustos Fierro, dictaminó en contra de la empresa de telefonía AMX Argentina SA (Claro), en una demanda abreviada iniciada por una consumidora, quien reclamó en la Justicia el pago de una multa civil en concepto de daño punitivo y moral.
La compañía fue condenada a pagar el monto de $300 mil pesos en concepto de daño punitivo, pese a que la actora había reclamado la suma de $30 mil. La condena fue apelada por la demandada, que planteó la violación del principio de congruencia al haber la Cámara ordenado pagar una suma notablemente superior a la solicitada por la consumidora. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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