martes 7, enero 2025
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Comercio y Justicia 85 años

Los accidentes de tránsito no pueden demostrarse tan solo por suposiciones

INSUFICIENTES. Las fotografías mostrando los daños a la moto, no bastaron.
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En una reciente decisión, la Cámara 4ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó el rechazo de una demanda por un accidente de tránsito al considerar que el actor no logró probar las circunstancias del hecho, tales como el día, hora y lugar del siniestro. Los vocales Federico Alejandro Ossola y Viviana Siria Yacir (autora del voto) sostuvieron que no es posible deducir la ocurrencia de un hecho a partir de simples presunciones sin prueba directa que lo respalde, ratificando la resolución de primera instancia.
El caso fue presentado por el Sr. O., quien alegó haber sufrido un accidente el 9 de mayo de 2018 cuando se dirigía en motocicleta desde su lugar de trabajo hacia su domicilio. Según su relato, fue embestido por un vehículo Renault Clío conducido por la demandada, lo que le provocó graves lesiones, incluyendo la fractura del cóndilo femoral y daños en los ligamentos de la rodilla izquierda. Sin embargo, la sentencia inicial desestimó la demanda debido a la falta de pruebas concluyentes sobre la ocurrencia del hecho.

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