El tribunal admitió el planteo de la funcionaria, aunque rechazó su pedido para que la menor de edad continúe utilizando el apellido con el que fue inscripta, por no ser su padre biológico
El Juzgado 5º en lo Civil, Comercial y Familia de Río Cuarto confirmó la legitimación de la asesora letrada, como ministerio público principal de una niña, para promover una demanda de impugnación de reconocimiento paterno, la cual fue admitida atento a la prueba genética generada de otro expediente, ordenándose la supresión de paternidad. Sin embargo, el tribunal rechazó el pedido de la asesora para que la menor de edad conserve el apellido con el cual había sido anotada.
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