sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Las cooperativas se adaptaron para trabajar en tiempos de crisis

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Las prestadoras cordobesas desarrollaron estrategias para asegurar la provisión de servicios esenciales. Siguen desplegando acciones para cumplir con sus obligaciones acatando la batería de medidas preventivas que tomó el Gobierno nacional

En cuanto comenzó a confirmarse la gravedad de la situación epidemiológica generada por casos positivos de Covid-19 en el país, las cooperativas de servicios públicos de la provincia se adaptaron para seguir trabajando.
Con base en las recomendaciones emitidas por las instituciones de segundo grado que las nuclean, la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos (FACE Córdoba) y la Federación de Cooperativas Eléctricas y de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba (Fecescor) pusieron en marcha estrategias para asegurar prestaciones.
Desde el inicio de la crisis sanitaria, determinaron pautas orientativas para facilitar el traslado a la faz práctica de las instrucciones impartidas en los sucesivos decretos de necesidad y urgencia (DNU) dictados por el Gobierno nacional y las mandas locales.
De esta manera, les remitieron a las distribuidoras protocolos de actuación para las diferentes áreas de trabajo y de servicios, siguiendo lineamientos fundados en la responsabilidad social y en la situación de emergencia.
El 13 de marzo comenzó el operativo preventivo, con sugerencias puntuales para colaborar en la mitigación de la propagación del virus.
Así, se extendió un texto modelo a los consejos de administración de cada entidad respecto de la recepción de los asociados, alentando a limitar la asistencia a supuestos de absoluta necesidad, de manera individual.
Además, se les requirió a las prestatarias que suspendieran actividades programadas de carácter institucional, educacional, laboral, cultural, recreativas y/o deportivas o cualquier evento que implicara aproximación de personas y se les pidió que, en la medida de las posibilidades técnicas y operativas, pusieran en marcha formatos virtuales.
A partir del aporte de los profesionales en higiene y seguridad de las federaciones, el 19 de marzo se emitieron protocolos de actuación para las cooperativas asociadas, para diferentes áreas de trabajo y servicios de prestación, a partir de criterios basados en normas genéricas preventivas y en el sentido común. El documento detalló las reglas de limpieza y desinfección, el procedimiento para atender a clientes, las vías para cumplir tareas administrativas en general y las instrucciones para concretar trabajos de servicio eléctrico, de agua y cloacas y de telecomunicaciones.

Energía
El protocolo de actuación del servicio de energía eléctrica especifica que se deben desarrollar las tareas mínimas que se requieran para mantener la prestación con cuadrillas de dos operarios que no roten, para que no compartan espacios u horarios; ello así para que, en caso de que uno de ellos presente síntomas, no todo el plantel se vea afectado.
Además, se determinó que el personal de guardia pasiva no concurra a las empresas y se estipuló que cuando se concrete la rotación semanal, se proceda a una limpieza con solución clorada de los equipos, herramientas y vehículos utilizados antes de entregarlos. Con relación a los reclamos de energía, se estableció evitar el contacto cercano con los socios y se vedó ingresar a los domicilios o a espacios cerrados.
Paralelamente, se decidió que ante el primer síntoma que presente uno de los integrantes de la cuadrilla, la situación deberá comunicarse de inmediato al centro de salud y a la empresa. En estos supuestos, los jefes de área analizan la mejor manera de continuar con las tareas, minimizando el contacto directo con el personal.

Servicios funerarios
En cuanto a los servicios funerarios, una actividad delicada en la actual situación sanitaria, las instituciones federativas, en respuesta a las consultas de sus cooperativas asociadas, brindaron su interpretación respecto del artículo 6, inciso 7, del decreto 297/20.
Considerando la implicancia de los alcances de la norma para la salud pública y la necesidad de prestar una prestación adecuada, el decreto exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio a las personas que se encuentran afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
Sin embargo, advirtió de que ello no implica que se autoricen actividades que signifiquen reunión de personas.

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