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La violencia familiar y sus implicancias en la faz penal

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“Para fijar la sanción a imponer al encartado tengo en cuenta, a su favor, su edad, el arrepentimiento, su manifestación de querer volver a ver sus hijos, su compromiso de manutención (…), el pedido realizado por la propia víctima y sus hijos en el sentido que quieren que (…) salga en libertad, su compromiso de residir fuera del ámbito donde viven (…), el someterse a tratamiento psicológico y para el alcoholismo, su falta de antecedentes penales; en su contra, la gravedad de los hechos cometidos, no sólo contra la progenitora, sino también su hija. Lo dicho es harto suficiente para concluir en la inconveniencia de una pena de cumplimiento efectivo”.
Bajo esa premisa, el juez Alberto Crucella -Cámara 6ª del Crimen- impuso a Carlos Saborgnan la pena de 3 años de prisión en forma de ejecución condicional (ver «Cinco hechos»).
A pesar de la prohibición de concurrir al domicilio donde residían su ex concubina y sus hijos -emanada de un Juzgado de Jesús María- Saborgnan hostigó en diversas oportunidades a su familia.

En el debate, reconoció tanto la existencia de los hechos como su autoría, en tanto que su ex concubina expresó al tribunal que -no obstante ser ciertos- quería que saliera en libertad.
Previo a referirse a la sanción, el juez valoró que era necesario reflexionar sobre el caso “pues se trata de hechos de violencia familiar, este flagelo que parece no tener límites”, reseñando que “las últimas estadísticas (…) en nuestra provincia (…) desconciertan a profesionales y especialistas”.
“La realidad nos muestra una crisis de valores, que de a poco va minando a toda la sociedad, destrozando parejas, quitando tranquilidad a los hijos y constituyendo verdaderas familias en riesgo y que si no se interviene a tiempo los costos serán demasiado altos y los daños irreversibles”, enfatizó el camarista, acotando que “tratar este tema sólo desde la faz penal es cerrar los ojos al problema familiar, castigando al ya castigado”.

Machismo social

En tanto, el magistrado aclaró que “no puede aparecer la impunidad para graves hechos como estos, pues ello esfuma la función preventiva”, puntualizando que “este flagelo (…) no tendrá fin si los hombres no terminan por desterrar el (…) machismo social”.
Crucella finalizó expresando que “de la prueba rendida en autos y las bondades del juicio oral, me animo a concluir que la condena por más tiempo creará en Saborgnan mayor rencor, más vulnerabilidad y hasta mayor venganza”, precisando: “Apuesto con que con ayuda terapéutica (…) y con el aporte de los hijos, la familia (…) pueda salir de esta triste problemática”.

CINCO HECHOS

Saborgnan responderá por cinco hechos. Incurrió en los delitos de: lesiones leves, daño, desobediencia a la autoridad, amenazas calificadas, daño reiterado, lesiones leves calificadas y lesiones graves.

Se le impusieron las obligaciones de los incisos 1º, 3º, 6º y 7º del artículo 27 bis del Código Penal, más: a) Prohibición de concurrir a Jesús María, con excepci&oacute

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