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“La trenza”: fueron condenados dos abogados por asociación ilícita

INVESTIGACIÓN. La “trenza” de los remates judiciales fue instruida por el fiscal Enrique Gavier.
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Esteban Vega recibió una pena de tres años y siete meses de prisión y, a su colega, Patricia Ibáñez, se le impusieron tres años y diez meses. También se les inhabilitó el título

La Cámara en lo Correccional de 1ª Nominación de Córdoba condenó a dos abogados acusados de asociación ilícita y estafas, en el marco de la causa conocida como “La trenza”. El resto de los imputados había sido condenado oportunamente en un juicio abreviado.

La primera pena recayó sobre Esteban Vega, quien recibió tres años y siete meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la profesión de abogado por dos años y multa de $45 mil. En tanto su colega, Patricia Ibáñez, fue condenada como coautora del delito de estafa reiterada a tres años y diez meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la profesión por tres años, y una multa de $90 mil. 

Según la instrucción que llevó adelante el fiscal Enrique Gavier, los acusados se presentaban como una suerte de organización que contaba con información calificada y, con la autorización de diversos funcionarios y magistrados del Poder Judicial y otros auxiliares de la Justicia, ofrecían bienes que supuestamente estaban por ser rematados en distintos procesos judiciales a diferentes inversores, a bajo precio. 

Vega comenzó a actuar como abogado o martillero de la organización y en tal carácter prestaba la sede de su estudio jurídico para engañar a las víctimas. De la misma manera lo hacía Ibáñez: en su buffet se concretaron varias operaciones; ofrecía bienes a los inversores y recibía en algunos casos el pago efectuado por éstos, las víctimas.

La banda se autodenominó indistintamente “La Liga”, “La Trenza” o “La Fiscalía”. 

Fingiendo una influencia que no poseían, los integrantes de esta asociación ilícita hacían creer a sus clientes que, con el favor de esta organización, iban a adquirir antes del remate bienes que efectivamente iban a ser subastados, según consta en la causa judicial. Para ello, usaban estudios jurídicos como escenario para la concreción de algunas de estas operaciones, presentaban documentación apócrifa, supuestamente emanada de tribunales judiciales y exhibían los bienes supuestamente ofrecidos, todas maniobras que generaron la apariencia de licitud y confianza que llevó a las víctimas a aceptar la concreción de estas operaciones. El grupo habría cometido más de 50 y obtenido una suma que asciende a $3,5  millones.

Para mensurar la pena, los magistrados Carlos Octavio Granda Ávalos, Susana Cordi Moreno y Mario Capdevila tuvieron en cuenta como elemento favorable que ninguno de ellos tenía antecedentes penales, aunque en el caso de Ibañez sí tenía sanciones disciplinarias. En su contra, los jueces tuvieron en cuenta el buen pasar económico de ambos.

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