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La trata de persona, como forma de esclavitud

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La acusada fue sindicada por menores de Chaco y Salta como la persona que regenteaba el lugar donde debían prostituirse. En la causa hay un hombre prófugo

La Cámara Federal de Córdoba dispuso el procesamiento en contra de una mujer como presunta autora responsable del delito de recepción de personas menores de edad con fines de explotación sexual, agravado por el número de víctimas, partiendo de lo expuesto en la doctrina que definió la vil conducta de trata de personas como “una forma moderna de esclavitud” y “una modalidad delictiva por la cual se establece entre la víctima y los delincuentes una relación de sujeto-objeto, donde al objeto únicamente se lo mantiene en condiciones de vida exclusivamente en la medida que reporte ingresos económicos”.

Fundamentalmente, la defensa cuestionó la resolución de Primera Instancia, por entender que el a-quo “ha efectuado una indebida y errónea valoración de los elementos de cargo obrantes en la causa, arguyendo particularmente de que el magistrado ha interpretado los testimonios prestados por parte de las víctimas de una manera discrecional, ajena al propio contenido de aquéllos”. Concretamente, la defensa aludió que tanto el juez Instructor como el Ministerio Fiscal confundieron a la prevenida Mayra Rita Udi con una de las víctimas, por revestir ambas el mismo nombre.

No obstante, la Sala A entendió que no había ningún equívoco, “si bien tanto la imputada como una de las menores tendrían en común el primer nombre, queda claro que, según la imputación, la presunta actividad de la hoy prevenida (…) se habría limitado a la recepción de las jóvenes en la whiskería, donde se habría ejercido la prostitución”. Añadiendo que en tal sentido fue entendido por el juez inferior, “en tanto imputó y dictó el auto de mérito en orden a la conducta de recepción de menores de 18 años a los fines de explotación sexual, por su calidad de encargada de la whiskería”.

Conforme concuerdan los testimonios prestados por tres de las cuatro jóvenes halladas en el local, oriundas de Chaco y Salta (dos de ellas menores de 18 años) y coinciden también con las actuaciones policiales, “Udi se ocupaba del local comercial con las tareas inherentes a su actividad como encargada, en ausencia del presunto ‘dueño’ o ‘responsable’ de la whiskería, Edgardo Fernández, quien tiene pedido de captura”.

Finalmente, el tribunal señaló que también era cierto “que las menores agregaron que Udi se prostituía igual que ellas e incluso que Fernández la amenazaba, pero también es cierto que hasta el momento no obra elemento de prueba alguno que autorice a entender, que la hoy prevenida (…) haya sido previamente objeto de trata de personas por parte de Fernández y que el delito por el que hoy se encuentra imputada, sea el resultado directo de aquella situación”, aclararon los jueces Ignacio Vélez Funes y Luis Rodolfo Martínez.

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