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La querella solicitó prisión perpetua y cárcel común para Menéndez

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La jornada de alegatos en el marco del juicio que se sigue al ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército y a otros siete represores por los secuestros y asesinatos de cuatro militantes en 1977, comenzó ayer con un fuerte pedido de condena realizado por los abogados querellantes, que abrieron la segunda etapa de este debate oral.
Tal como se esperaba, Martín Fresneda y Claudio Orosz reclamaron la pena de prisión perpetua y cárcel común para cinco de los imputados: Luciano Benjamín Menéndez, Luis Manzanelli, Carlos Alberto Díaz, Oreste Valentín Padován y Alberto Ramón Lardone. Para los restantes acusados – Hermes Rodríguez, Jorge Acosta y Carlos Vega – la querella pidió 25 años de prisión.

Salvo en el caso de los últimos tres imputados, a todos se les adjudicó responsabilidad por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados y homicidios agravados.
En el caso de Menéndez y Rodríguez, los querellantes reclamaron que sean considerados como autores mediatos de los delitos antes mencionados. Fundamentando este pedido, Orosz recordó que el ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército era quien tenía “el mando absoluto” y quien estableció “el marco organizativo” de lo que se denominó un plan sistemático de exterminio del opositor político.
Por su parte, a Rodríguez la querella lo identificó como quien “tenía un lugar destacado en la cadena de mando”. “Era quien quedaba a cargo cuando viajaba a Buenos Aires el coronel Anadón”. Pese ello, Orosz no pidió para él una condena por homicidio. En tal sentido, recordó que según se desprendió del legajo de Rodríguez, éste fue trasladado al Batallón 601 el 5 de diciembre de 1977, fecha anterior al fusilamiento de las cuatro víctimas.

En el caso de Acosta, Manzanelli, Vega, Díaz, Padován y Lardone, se solicitó que se los incluya bajo la figura de “coautores”. “Eran el mero engranaje, pero no eran quienes dominaban el hecho”. Su accionar se limitaba a ejecutar las órdenes que eran impartidas por sus superiores, explicó Orosz. En el último tramo de su alegato, el abogado advirtió al Tribunal que de considerar que no corresponde condenar a los imputados como coautores, entonces se los acuse “al menos como partícipes necesarios”.

Dudas

A lo largo del debate oral quedó comprobado que el ex capitán Acosta estuvo a cargo de La Perla, al menos hasta el 5 de diciembre de 1977. Esa información se desprende del legajo del propio Acosta que fue analizado en el juicio por el teniente coronel Ernesto Biolatto. Sin embargo, algunos testimonios dieron cuenta de que su permanencia se pudo haber extendido más allá de esa fecha. Teniendo en cuenta esa situación, la querella decidió pedir para Acosta sólo 25 años de prisión – y no prisión perpetua – como autor penalmente responsable del secuestro y la tortura de Hilda Flora Palacios, Humberto Brandalisis, Carlos Lajas y Raúl Cardozo, pero no de su fusilamiento ocurrido el 15 de diciembre del 77.

Cárcel común

“Estos son crímenes de lesa humanidad, fueron ataques sistemáticos y generalizados contra el pueblo (..) por lo tanto son imprescriptibles e ininduntables”. De ese modo, en el primer tramo de su alegato el abogado Martín Fresneda detallaba cómo funcionó en Argentina el denominado proceso de reorganización nacional.
A su turno, al fundamentar el por qué del pedido de c&aacu

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