El poder de policía del Estado sobre la manipulación de tales sustancias, por personas autorizadas a esos fines, no abarca el control de las obligaciones laborales por ellos contraídas
Al advertir que el ejercicio del poder de policía en la aplicación de la normativa que regula toda la operatoria referida a los residuos peligrosos no abarca el control de las obligaciones emergentes del contrato de trabajo, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba revocó la condena que extendió la responsabilidad solidaria por las deudas laborales contraídas por la demandada Residuos Patógenos SA a la Agencia Córdoba Ambiente (hoy Secretaría de Ambiente de la Provincia).
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