Desde 2006, investigo las características, posibilidades y limitaciones de los llamados “Métodos de Resolución de Conflictos en Línea” (RDL). El origen de análisis sobre su factibilidad de aplicación en la sociedad contemporánea se originó con un grupo de académicos, que en 1996 en USA desarrolló las Online Dispute Resolution (ODR, RDL en español).
Por Alberto Elisavetsky * – Exclusivo para Comercio y Justicia
En septiembre de 2009 fui invitado durante el 9° Foro Mundial de ODR (Universidad de Haifa, Israel) a integrar ese grupo de estudio, luego de lo cual fui designado para organizar el 10° Foro Mundial de ODR en Buenos Aires (2010), único evento académico mundial sobre el tema desarrollado hasta hoy en América Latina.
Sirva lo anterior al sólo efecto de legitimar con recorrido académico, experiencia, logros y fracasos, las opiniones que compartiré de aquí en más con usted, amable lector.
Una de las cuestiones centrales de este campo de trabajo es preguntarnos ¿cuál es el beneficio social de utilizar la mediación electrónica para los involucrados en estos procesos?
Comencemos por sus ventajas: 1. Conveniencia. 2. Tiempo, lugar. 3. Rapidez, economía.
Desventajas: 1. Requiere conocimientos de informática. 2. Equipos, virus, entrenamiento. 3. Las comunicaciones no son cara a cara. 4. Necesidad de adaptación a la legislación vigente en cada país, nacional o estatal.
En lo que refiere a su aplicación en la práctica profesional y al uso efectivo de herramientas de RDL, me encontré con preguntas que evidencian una gran preocupación y desconfianza respecto de su utilización. También con una resistencia enorme, a aunque más no sea la evaluación de su factibilidad de uso y a su incorporación en la práctica activa de la mediación, lo que podría reflejarse en la frase de Antonio Machado “Todo lo que se ignora se desprecia”.
La RDL llegó para quedarse. Las plataformas profesionales (sin considerar videoconferencias por Skype u otros programas amateurs gratuitos) son hoy de muy bajo costo y significan una implementación rápida y masiva, cumpliendo los requisitos indispensables de seguridad informática y de protección de las reuniones virtuales sincrónicas de mediación propiamente dichas.
Sin embargo, no hace falta adentrarse mucho en este terreno para encontrar barreras de inclusión. Y no me refiero a personas con fácil acceso a las nuevas tecnologías de información y comunicación quienes, superando la resistencia intelectual o emocional, podrían entrenarse en el uso de las RDL para su práctica profesional cotidiana. Mi interés se centra en aquellos que, por razones sociales, económicas o de analfabetismo digital, no pueden ser receptores de estos tipos de servicios y por lo tanto tienen dificultades para el tan mentado “acceso a la justicia”
En estos casos, los gobiernos deben ser los facilitadores de tal acceso y optar por métodos tecnológicos e inclusivos. Para que una señora pueda acercarse, en su barrio, a una oficina de mediación dotada de la tecnología necesaria para las mediaciones electrónicas. Allí la parte, acompañada por un mediador, podrá tener una reunión interactiva con -por ejemplo- su exesposo que vive en otro lugar, quien también estará acompañado por un mediador oficial para resolver quizá un conflicto familiar.
Este modelo lo iniciamos en la provincia de Salta en 2012 con apoyo del Ministerio de Justicia y la Secretaría de Métodos Participativos. Tuve la satisfacción de que se firmara un convenio con mi red social para un entrenamiento en habilidades tecnológicas y en mediación virtual a más de 120 mediadores salteños, entre ellos unos 70 comunitarios que llevaron el modelo a sus localidades con tanto éxito que luego fue compartido con otras provincias argentinas.
A posteriori, la Dirección de Métodos Alternativos para Resolución de Conflictos de Córdoba (Dimarc) se sumó a la capacitación de formación en RDL. Finalmente, a fines de 2015 la Dirección de Mediación de la Provincia de Buenos Aires incorporó la capacitación online en RDL/ODR como cursos de formación continua.
La posibilidad de resolver conflictos en línea, sea de manera sincrónica o asincrónica, abre las puertas de la inclusión a los más carenciados en la resolución pacífica y no judicial de disputas. Instalada como política pública y liderada por los gobiernos, las partes sin posibilidades económicas o de traslado pueden beneficiarse del acceso, por medio de las nuevas tecnologías, a los beneficios de estos mecanismos alternativos.
Nuestro mundo tiene hoy más de 7.500 millones de habitantes, de los cuales 35% cuenta con acceso a Internet y 85% a telefonía celular, confirmándose así que un amplio espectro de la humanidad puede beneficiarse con el uso de las RDL, sobre todo los más excluidos y necesitados. En eso consiste saber utilizar las nuevas tecnologías de la comunicación y la información para el bien público.
* Director de: ODR Latinoamérica, Simediar y del Observatorio del Conflicto Social, dependiente del Instituto del Conflicto de la Universidad Nacional de Tres de Febrero. Embajador de Paz Mil Milenios, Unesco.