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La madre del músico Moreno Charpentier lanza una propuesta para reformar la Ley de Salud Mental

SUICIDIO. Es la tercera causa de muerte entre los 15 a 19 años en LATAM y afecta más a los varones.
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Como una de las voceras de un grupo que busca generar conciencia sobre la problemática, Marina Charpentier explicará las modificaciones que promueve. Algunos de los objetivos son fortalecer la intervención de los familiares a la hora de definir internaciones y que los pacientes accedan a tratamientos en institutos especializados

A fines de junio pasado, familiares de personas con padecimientos mentales o con problemas de abuso de drogas se reunieron en la Plaza de los dos Congresos, en la Capital Federal, y reclamaron que se modifique la Ley Nacional de Salud Mental (LNSM) y se dicte una norma específica para el tratamiento de las adicciones.

Encabezaron la convocatoria Marina Charpentier, la madre del músico Santiago “Chano” Moreno Charpentier; Stella Maurig, quien no logró internar a su hijo adicto y lo perdió a causa de suicidio, y la diputada nacional Marcela Campagnoli (CC).

Plantearon la necesidad de que la legislación les dé más injerencia a los familiares de los pacientes para internarlos. También reclamaron que puedan tratarse en institutos especializados.

Hoy, en la Universidad de Belgrano, Charpentier explicará las reformas que impulsa desde que su hijo tocó fondo y protagonizó un trágico episodio.

Debate

Hace dos meses -cuando “Chano” recayó en sus adicciones y debió ser hospitalizado- su madre pidió un cambio en los artículos que rigen la internación involuntaria.

Lo hizo en el marco de la segunda jornada de debate y reflexión sobre la LNSM, en el Congreso, desde uno de los paneles que integró.

Con foco en las adicciones, ante legisladores y especialistas y familiares de personas que sufren la misma problemática que su hijo o enfermedades mentales, Charpentier consideró que debe reformularse el artículo 20 de la norma, que sostiene que la internación involuntaria “debe concebirse como recurso terapéutico excepcional en caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios” y que sólo podrá realizarse cuando “a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”.

“No sé qué van a hacer con esta ley, pero el artículo 20 hay que cambiarlo. Una persona adicta tiene su voluntad tomada por la sustancia y no puede decidir qué es lo bueno y lo malo para ella”, expresó.

Recursos económicos

Charpentier apuntó a un tema clave: los recursos económicos. En esa línea, dijo que su hijo accede a lo que definió como “el supuesto equipo interdisciplinario” porque puede costearlo, y se preguntó qué sucede con quienes no tienen obra social o prepaga.

También objetó que se requiera de una orden de allanamiento para intervenir en casos de brotes psicóticos como el que sufrió el cantante.

Relató que días antes su hijo le dijo que no podía más y que logró llevarlo al Sanatorio Otamendi, en la Capital Federal, pero que a las pocas horas quiso escaparse desnudo de la habitación y debió llamar 911. Según narró, acudió la policía y el psiquiatra del artista recién pudo volver a medicarlo tras brindar su testimonio ante los uniformados.

Episodios

El caso de Moreno Charpentier, quien luchó por su vida después de recibir un disparo en el estómago de un efectivo de la Policía de la Provincia de Buenos Aires mientras atravesaba una crisis de salud mental por su abuso de drogas y amenazaba con un cuchillo a quienes intentaban contenerlo, no fue hecho aislado.

El episodio se sumó a otras situaciones violentas que tienen como víctimas o victimarios a individuos con padecimientos psiquiátricos que no son adecuadamente contenidos por el sistema.

Dos meses antes, en Chubut, en el paraje Las Golondrinas, Martín John, diagnosticado con trastorno bipolar, murió en el marco de un procedimiento del Grupo Especial de Operaciones de la Policía de la Provincia.

Sus hijos denunciaron que fue “fusilado” con un disparo en la cabeza.

John era ciudadano suizo y tenía 63 años. Trabajaba como productor de fruta. Estaba medicado y, según sus allegados, llevaba una vida normal hasta que el incendio que afectó la Comarca Andina en marzo de 2021 lo desestabilizó.

Su hija Dana admitió que acordó con el comisario de la zona dejar a su papá solo en su casa porque “tendía a apaciguarse durante las mañanas” y afirmó que el funcionario sabía que era un paciente psiquiátrico.

Por su parte, la policía informó que acudió a la vivienda después de escuchar detonaciones y que John recibió a los uniformados disparándoles con el arma que ya estaba usando.

Sin embargo, la mujer alegó que no hubo una negociación y que se violó el protocolo para abordar a personas con enfermedades mentales. “La orden judicial de allanamiento contenía el mandato judicial de intervención ineludible de especialistas médicos”, alertó.

Inimputable

Pocos días antes de que Chano recibiera un disparo, Juan Báez, de 37 años, el hombre que mató de una puñalada a otro en un colectivo porteño, en una discusión que se inició porque no mantenía distancia social, fue declarado inimputable y sobreseído.

La decisión la tomó el magistrado Darío Bonnano. Tuvo en cuenta el informe de la junta médica, que determinó que las facultades mentales del encausado “no encuadran dentro de los parámetros de normalidad psicojurídica”.

Báez se negó a declarar pero manifestó que padece una psicosis orgánica no especificada. También informó que estuvo internado varias veces en los hospitales Borda y Alvear y que por las restricciones no pudo acudir al primer nosocomio a retirar los fármacos que necesitaba.

En su decisorio, el juez recordó que durante 2020 Báez se vio involucrado en tres hechos delictivos (en uno hirió a una persona en la vía pública, con un hierro) y que en todas las causas fue declarado inimputable y sobreseído.

El magistrado dispuso su internación involuntaria en el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma) de Ezeiza y su seguimiento quedó a cargo de la Justicia civil.

Caso Roldán

El 28 de septiembre de 2020, el inspector de la Policía Federal Juan Pablo Roldán, de 33 años, fue asesinado a puñaladas por un joven, en medio de un brote de esquizofrenia, en Palermo.

El agresor, Rodrigo Roza, también murió como consecuencia de las heridas de bala que, en un intento desesperado por defender su vida, disparó el agente.

En abril de 2021, el psiquiatra de Roza fue enviado a juicio por abandono de persona seguido de muerte y homicidio culposo.

Se consideró acreditado que la familia de Roza lo contactó en reiteradas ocasiones para pedirle ayuda porque había dejado de tomar su medicación.

La Justicia concluyó que el psiquiatra omitió tomar medidas urgentes porque desde el inicio de la pandemia atendió a Roza por teléfono y solo lo vio una vez antes del hecho, por insistencia de sus hermanos.

Luego de que trascendió la noticia sobre la crisis Chano, las previsiones de la LNSM quedaron en la mira.

A más de una década de su promulgación, sus críticos insisten con que ignora aspectos fundamentales de la enfermedad mental.

Poco antes de que Chano casi perdiera la vida, el psiquiatra forense Andrés Mega escribió una columna de opinión en Infobae, en la cual expuso 10 puntos por los cuales, a su juicio, la normativa debería reformarse.

Entre ellos, resaltó que solo habla de sufrimiento o padecimiento, lo cual, a su entender, “minimiza” la enfermedad mental.

También manifestó que “desconoce las incumbencias profesionales de los integrantes de los equipos interdisciplinarios” y que “propone que todos -médicos psiquiatras, psicólogos, enfermeros, asistentes sociales y terapistas- pueden hacer de todo”. Según Mega, el tema de las incumbencias genera problemas cuando se deben tomar decisiones en situaciones extremas.

“La ley no sólo desconoce que es el psiquiatra el único autorizado para medicar, sino que lo estigmatiza”, precisó.

Además, cuestionó que prevea que para internar involuntariamente deba existir “riesgo cierto e inminente” y que en ningún párrafo del texto legal o de su reglamentación exponga científicamente cómo se establece.

Hospitales generales

Cuestionó asimismo que la ley disponga que la internación debe hacerse en hospitales generales y juzgó que más allá de las demandas de personal e infraestructura que ello implicaría, y de que no existen a la fecha, desconozca un principio básico, a saber: que los pacientes en el hospital general están en cama mientras que los psiquiátricos deambulan.

En tanto, resaltó que ninguna Facultad de Medicina participó de la redacción y que no se aceptaron sugerencias de las sociedades de psiquiatras de Argentina.

El especialista apuntó a la subejecución presupuestaria y afirmó que se cerraron instituciones públicas en todo el país y que “miles de pacientes quedaron sin atención ambulatoria”. Además, aseveró que la norma no menciona qué medidas tomar cuando son abandonados en los hospitales ni establece qué hacer con los enfermos crónicos sin recursos que deben seguir tomando medicación.

Comentarios 1

  1. Graciela Echeverria says:

    Es necesaria una ley específica de adicciones. No se puede modificar esta ley sin intercencion profesional específica, las adicciones tienen su propia manifestación y si no tienen intervención específica la ley no los contiene. No esperen a que mueran más personas adictas, ni víctimas de adictos. El enfermo de adicciones es un ser que ha perdido su voluntad. No se puede apelar a la voluntad de alguien que lo primero que tiene afectado es su lóbulo frontal. Hay que actuar con vehemencia hoy.

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