El TSJ cordobés revocó la resolución del a quo que rechazó la aplicación de la ley 24013 a un empleado de la construcción. Consideró asimismo la vigencia de dos años para reclamar el Fondo de Cese Laboral a contar desde la finalización del empleo El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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