viernes 15, noviembre 2024
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La Justicia de Córdoba avanza con la oralidad en Ejecución Penal

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En esta primera etapa estará limitada a trámites de libertad condicional, asistida y cese de prisión formulados por mujeres condenadas por delitos de narcotráfico, así como pedidos de libertad de personas detenidas por delitos cuya pena es inferior a cinco años

Con el objetivo de avanzar con la oralidad en todas las etapas del proceso penal, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba dispuso por acordada poner en marcha un plan piloto para implementar audiencias orales en los incidentes de ejecución penal.

En este marco, desde el próximo lunes 2 de octubre, el juzgado de Ejecución N°3 de Córdoba será el primero en implementar las audiencias orales. En esta primera etapa sólo se tramitarán bajo esta modalidad los incidentes relacionados con trámites de libertad condicional, libertad asistida y cese de prisión que hayan sido formulados por mujeres condenadas por delitos de narcotráfico. Asimismo, se tramitarán los pedidos de libertad anticipada formulados también por hombres o mujeres que hayan sido condenadas a penas privativas de la libertad inferiores a cinco años.

La acordada prevé que, en una segunda etapa, se avance con las audiencias orales en el tratamiento de incidentes de libertad condicional y asistida, de personas penadas que se encuentren transitando condenas por otro tipo de delitos; así como la realización por medio de audiencias orales de otros incidentes tales como prisión domiciliaria, salidas transitorias familiares, etcétera. En un tercer paso se proyecta que la totalidad de los trámites incidentales que se susciten en la etapa de ejecución penal

Progresivamente, también se sumará a la misma modalidad el resto de los juzgados de Ejecución Penal

La reforma del Código Procesal Penal fue sancionada en 2017 por la Legislatura de Córdoba y su implementación se realizó en forma gradual.

Procedimiento

La acordada prevé que -a instancia de la persona penada- su defensa, el representante del Ministerio Público Fiscal o bien de oficio, quien juzga deberá solicitar a la OGA, la fijación de lugar, fecha y hora de audiencia, informando quienes serán los participantes y el motivo de la misma.

La audiencia presencial se efectuará el día y hora fijado por la OGA, que además designará la sala para su realización. El desarrollo de la audiencia será documentado mediante un soporte digital de imagen y audio, el cual será registrado en el sistema Cicero. Este documento digital hará plena fe de lo ocurrido durante el acto. Durante la audiencia, el sistema digital de registración será operado por el personal que el juzgado interviniente designe. 

Asimismo, en esta etapa, el TSJ anticipó que realizará capacitaciones al personal del fuero de Ejecución Penal (tanto el perteneciente a los Juzgados, al Ministerio Público Fiscal y a la Defensa Pública) que pudiere intervenir en las audiencias.

Nuevo paradigma

El TSJ recordó que el nuevo paradigma del sistema acusatorio implica una ampliación del sistema de garantías. Requiere como condiciones mínimas el abandono de la escritura en todas sus instancias; la oralidad en todas las fases del proceso; una clara diferencia de roles entre las partes; se incluyen nuevos actores penales, tales como las víctimas, los ofendidos penalmente y las organizaciones que representen intereses comunes a ambos y la participación de las víctimas, ampliando su rol.

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