Dispuso que se dicte un nuevo procedimiento, dada la avanzada edad de la accionante, en cuanto a la tramitación que debe efectuar ante AFIP
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó dictar un nuevo pronunciamiento en un caso de reajuste de haberes jubilatorios, en el cual se declararon exentas del pago del impuesto a las Ganancias las retroactividades abonadas por la Anses y se estableció que la accionante debía efectuar nuevamente el trámite ante la AFIP.
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