Mediante una nota dirigida a la Secretaría General del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) le comunicó que no recibirá expedientes en papel: deberán ser enviados de forma digital y sólo se aceptarán aquellos en caso que la CSJN así lo requiera.
Por dicha razón, solicitó que se cancelen los envíos de expedientes papel por correo, evitando de esta forma tener que efectuar el gasto y la gestión de devolverlos. Agrega que los tribunales deberán registrarse en el sistema DEOX (link de acceso a acordada: https://www.csjn.gov.ar/documentos/descargar/?ID=122341), sin excepción, a fin de remitir por dicha vía las actuaciones digitalizadas que así se les requiera.
De esta forma, una vez concedido el recurso extraordinario, el expediente deberá ser elevado digitalmente mediante Lex 100 y se enviará un DEO (oficio electrónico) informando el listado de los expedientes elevados. El expediente remitido deberá contener cargados todos los archivos digitales pertinentes con la autosuficiencia necesaria a fin de que pueda ser consultado, estudiado y resuelto.
En caso de que falte alguna actuación, podrá serle requerida por el Máximo Tribunal, que podrá -excepcionalmente- solicitar el envío del expediente papel.
Asimismo, agrega que en casos de incidentes de competencia, una vez trabada la contienda de ésta, podrá elevarse mediante del número de expediente de Lex 100, con la minuta de elevación pertinente y dando aviso mediante DEO de su elevación pertinente. En caso de no contar con número de Lex 100 (Sistema Nacional y Federal de Gestión de Expedientes Judiciales), deberá enviarse vía mail ([email protected]) el expediente digital correspondiente con las actuaciones completamente digitalizadas en las que conste la traba de competencia, la incompetencia expresada, etcétera, a fin de que el incidente cuente con la autosuficiencia necesaria para que pueda ser consultado, estudiado y resuelto.