viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La Corte Suprema analiza otro caso de restitución infantil

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá intervenir en un caso de restitución infantil relativo a una niña de tres años cuyo padre exige que regrese a vivir a Francia. El hombre fue acusado por su ex pareja de ejercer violencia de género, tanto física como verbal.

Sofía Troszynski, madre de la niña, presentó un recurso de queja ante la Corte después de  dos fallos en contra, en primera y segunda instancias, que determinaron que la nena debía viajar a ese país. 

Ante la posibilidad de que el Máximo Tribunal plantee que la niña debe ser restituida, la madre solicitó en otro recurso el “regreso seguro” ya que, además, su hija tiene un trastorno del espectro autista, por lo que pidió que no se interrumpa su tratamiento.

La disputa comenzó en enero de 2019 cuando Troszynski, ingeniera industrial, decidió regresar a Argentina con su hija luego de denunciar, en Francia, a su pareja por violencia de género.

La mujer sostiene que la nena también fue víctima de la violencia del padre, a quien acusa de tener problemas de adicción a las drogas y al alcohol.

Ambos se habían conocido en 2013 en París, donde él vivía y adonde ella había viajado para realizar un máster; a los dos años comenzaron a salir y dos años después tuvieron a su hija.

Según Sofía, después del nacimiento se agudizaron los hechos de violencia -también hacia la bebé- y por esa razón decidió volver a Argentina.

Según la evaluación realizada por el cuerpo médico forense el 26 de diciembre de 2019, la niña presenta “retraso global del neurodesarrollo: cognitivo, comunicación receptiva expresiva, praxias globales y específicas, adaptabilidad social y reacciones interpersonales”.

El informe, firmado por el médico neurólogo Diego Brage, la médica forense María Graciela Contreras y el neonatólogo Alfredo Alberto Delbene, “desaconseja cualquier cambio, tanto de su vida personal como de los profesionales que la asisten, habida cuenta de las dificultades emocionales, vinculares y de adaptación que presenta”.

El documento revela que la niña se encuentra realizando terapia de juego y ocupacional.

La denuncia por violencia

Luego de la presentación judicial, en Francia, el 15 de febrero de 2019, la mujer realizó otra denuncia en Argentina, y la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema dictó una orden de restricción perimetral ya que el hombre, al enterarse del viaje, también se trasladó con ellas al país.

Con la batalla judicial en marcha, el padre decidió regresar a París y en mayo de ese año el Juzgado Nacional en lo Civil N° 4, a cargo de Alejandro Hagopian, determinó que la niña debía volver a Francia.

“No surge de ninguna de las actuaciones en trámite que el padre haya dado autorización para que su hija cambiara su residencia habitual”, aseguró en su fallo.

Pero además, agregó que “no puede dudarse del carácter ilícito de la retención de la niña en el país” y desestimó la denuncia por violencia ya que “la prueba por ella producida no avala su postura”.

El fallo fue ratificado el pasado 29 de diciembre por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Sala H, que dispuso que la niña tenía plazo hasta el 22 de marzo para regresar a Francia, fecha que fue postergada por el recurso ante la Corte.

Si ésta resuelve que la niña debe regresar, será la jueza de Primera Instancia, Mariana Kanefsck, subrogante del Juzgado 4, quien determine cuándo deberá hacerlo.

Antecedentes

El primer caso sobre restitución internacional en llegar a la Corte Suprema fue el de Gabriela Oswald, quien en 1995 pidió que ésta intercediera por la tenencia de su hija, en disputa con su padre, Eduardo Wilner, quien vivía en Canadá.

En ese caso, la Corte falló a favor del padre argumentando que la “residencia habitual” de la niña era ese país, y para ello se amparó en la Convención de la Haya que pide evitar los “efectos perjudiciales que podría ocasionarle -al menor- un traslado o una retención ilícitos” y recomienda “establecer los procedimientos que permitan garantizar la restitución inmediata del menor a un Estado en que tenga su residencia habitual”.

Aunque la convención tiene excepciones -si el menor se expone a “un peligro grave físico o psíquico”-, lo cierto es que son varios los antecedentes en que la Corte se inclina por la restitución al país de origen.

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