La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó la extracción compulsiva de sangre como prueba para determinar la identidad, al resolver una causa por la apropiación de dos hijos de desaparecidos durante la última dictadura militar. En cambio, el máximo tribunal avaló la obtención de material genético a partir de restos de igual valor probatorio.
En su habitual acuerdo de los días martes, la Corte, por mayoría, revocó la medida dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, que confirmaba un pronunciamiento de la jueza María Servini de Cubría, en cuanto ordenaba la extracción compulsiva de muestras de sangre de Emiliano Matías Prieto y Guillermo Gabriel Prieto.
Ambos figuran anotados como hijos del matrimonio integrado por el ex suboficial de la marina Guillermo Antonio Prieto y Emma Elidia Gualtieri Rugnone, pero serían hijos biológicos de distintas madres, desaparecidas durante el autodenominado “Proceso de Reorganización Nacional”.
En el sumario se determinó que si bien Prieto perteneció a la Armada, no existen antecedentes de parto de su cónyuge ni constancias sobre la percepción por parte del matrimonio de asignaciones prenatales.
En la causa, iniciada por denuncia de las Abuelas de Plaza de Mayo, la CSJN mantuvo la sentencia de la Cámara que otorgó validez al allanamiento del domicilio y posterior secuestro de prendas y objetos personales en busca de material genético para determinar la identidad biológica de Guillermo.
Antecedentes
En 2003, ante la negativa de Evelyn Vázquez Ferrá (nacida 26 años antes en la ESMA) de prestar consentimiento para la extracción de sangre, la Corte sostuvo que el Estado no puede obligar a la víctima, mayor de edad, a dar su sangre para conocer su verdadera identidad y utilizar ese dato para incriminar a sus supuestos apropiadores.
La cuestión volvió a plantearse cuando, a raíz de un informe del Banco Nacional de Datos Genéticos sobre la posibilidad de determinar el ADN por medios alternativos a la extracción de sangre, la jueza Servini de Cubría ordenó el allanamiento de Guillermo Gabriel Prieto, donde secuestró cepillos de cabello y de dientes.
Mayoría
El voto de la mayoría contra la extracción compulsiva de sangre fue firmado por el titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y por los ministros Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay. Por su parte, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton priorizaron el objetivo del proceso y lo hicieron en disidencia.
La validez de la recolección forzada de material biológico para la prueba de histocompatibilidad fue declarada de manera unánime, aunque con distintos fundamentos, en una sentencia de casi 300 carillas.
La jueza Highton expuso que la obtención de pruebas por medios alternativos “ni siquiera involucra acción alguna” del presunto apropiado, ya que las muestras a utilizarse en el examen de ADN han sido tomadas de rastros que, si bien pertenecen a su cuerpo, al momento de incautarse, se hallaban desprendidas de él.
La magistrada agregó que la sentencia impugnada “no se muestra como violatoria de los derechos y garantías constitucionales, por cuanto no ocasiona una restricción de los derechos de quien aparecería como una de las víctimas del hecho.
“No hay propiedad”
A su turno, el mini