En el decisorio, entre otros argumentos, los ministros Valerio, Garay, Day, Llorente, Palermo, Gómez y Adaro indicaron que la sanción no está prohibida por ningún precepto de la Carta Magna ni vulnera tratados internacionales que suscribió el país
Por unanimidad, la Suprema Corte de Mendoza ratificó la constitucionalidad de la prisión perpetua y determinó que no se trata de una pena cruel, inhumana ni degradante prohibida por nuestra legislación.
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