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La Corte bonaerense definirá las detenciones preventivas

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La Suprema Corte de Justicia bonaerense resolverá si le corresponde o no a la policía detener a menores de edad por averiguación de identidad o contravenciones. El tribunal se expedirá luego de que la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata le devolvió la facultad de demorar a los jóvenes por faltas como ebriedad, al considerar que la medida no era inconstitucional.

Conjetural

El fallo de la Alzada contrarió lo resuelto a fines de 2008 por el juez en lo Contencioso Luis Arias, quien, a su turno, hizo lugar al hábeas corpus presentado por el defensor oficial del fuero juvenil, Julio Axat.

Al impedirse judicialmente la detención de menores, el Ministerio de Seguridad provincial apeló por considerar, entre otros extremos, que no existía vulneración actual o inminente a la libertad ambulatoria de un menor determinado. La Sala I coincidió con el planteo y remarcó que el hábeas corpus exige que “la amenaza de la libertad locomotiva que se pretende revertir sea cierta y no conjetural o presuntiva”.

En consecuencia, Axat apeló el fallo de Cámara ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense y sostuvo que que las “aprehensiones preventivas” por averiguación de identidad se transformaron en una facultad policial desproporcionada, la que se agrava porque los menores son alojados en comisarías, algo que viola el criterio sentado por la Corte Suprema de la Justicia de la Nación (CSJN).

“No resulta razonable que si el Estado renunció a la posibilidad de sancionar penalmente a un menor de 18 años por la comisión de determinados delitos se promueva la aplicación de sanciones por infracciones contravencionales”, se consignó en la presentación que está bajo estudio del Alto Tribunal bonaerense.

Avanza proyecto en la Ciudad Autónoma
Con críticas de varios sectores, el gobierno porteño envió a la Legislatura un plan de reforma al Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, que prohíbe la actividad de los limpiavidrios y las protestas de manifestantes con rostros cubiertos y palos, para quienes prevé sanciones de uno a cinco días de arresto. Además, el proyecto avanza sobre la posibilidad de interceptar a un sospechoso si porta un arma cortante, por lo cual, pasaría a ser contravención el solo hecho de poseer ganzúas o elementos que hagan presumir la posible comisión de un ilícito. En tanto, los denominados “trapitos” tendrían sanciones de arresto si se los descubre pidiendo dinero, que se duplicarían o triplicarían para los organizadores de la actividad. También está previsto endurecer las penas para quienes pinten o destruyan edificios.

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