domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Juzgarán de nuevo a ex policía que mató a un manifestante

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Se determinó que el a quo no analizó correctamente si la reacción del imputado, quien le disparó a la víctima en el marco de un intento de corte de calles, fue necesaria

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anuló la condena a tres años y seis meses de prisión que se le impuso a un ex policía acusado por homicidio cometido con exceso de la legítima defensa, en perjuicio de un hombre que quiso cortar una calle en el barrio porteño de Flores, y dispuso la realización de un nuevo debate oral.
El hecho sucedió durante la madrugada del 24 de diciembre de 2013, cuando Ángel Duarte trató de interrumpir el tránsito en una intersección, en protesta por los cortes de luz que venía padeciendo la zona.
En ese contexto, Nicolás Encinas -por entonces cabo de la Policía Federal- intentó pasar con su vehículo, pero se vio imposibilitado de hacerlo. Cuando Duarte se le acercó, le disparó en el abdomen y siguió su marcha.
Se detuvo a pocas cuadras y solicitó ayuda argumentando que habían querido asaltarlo.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Número 11 (TOC11) estimó que Encinas mató con exceso en la legítima defensa, pero el decisorio fue recurrido por el fiscal Giménez Bauer.
En su presentación, el entonces titular de la Fiscalía General Número 10 ante los TOC señaló que el a quo valoró la prueba de manera sesgada y que, en consecuencia, aplicó erróneamente la ley penal.
Para el fiscal, Encinas debió haber sido responsabilizado por homicidio simple.

Trámite del recurso
Durante el trámite del recurso intervino el Área de Asistencia del Ministerio Público Fiscal de la Nación y la fiscal María Luz Castany concurrió a la audiencia ante la Sala I; en esa ocasión, tal como planteó su colega, señaló que no se trataba de un caso de exceso en la legítima defensa porque no hubo una agresión ilegítima por parte de la víctima.
Para sostener ese punto, repasó los dichos de los testigos y enfatizó que ninguno se refirió al supuesto forcejeo que describió el encausado, acotando que todos coincidieron en que Duarte sólo quería cortar el tránsito en señal de protesta.
La Casación anuló la sentencia cuestionada y sostuvo que el TOC11 no analizó correctamente si la reacción del imputado fue necesaria, como paso necesario previo a determinar la existencia de un exceso en la legítima defensa.
Asimismo, resaltó la ausencia de consideración de las cualidades especiales del autor, quien era vecino del barrio y policía.
En su voto -al que adhirió su colega Luis Niño- el juez Gustavo Bruzzone consideró arbitraria la reconstrucción de los hechos, por haberse apartado de la prueba señalada en la misma sentencia, e indicó que el a quo ignoró el contenido de las declaraciones testimoniales.

El encartado dio dos versiones sobre lo sucedido. Primero dijo que cuando Duarte se acercó a su auto pensó que le quería robar, pero luego aseguró que le pegó y que él sacó su arma particular para asustarlo y se le escapó un disparo.

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