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Justifican despido de operadora de call center

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La Sala 8ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba, integrada por Hugo Razquin, convalidó el despido de una ex operaria de Action Line Córdoba SA, que se ausentó dos días de su puesto de trabajo, sin causa, y que luego de consumada la cesantía intentó justificar su incumplimiento.

Luciana Inés Moya solicitó la nulidad del distracto y el pago de los días de suspensión, sosteniendo que las ausencias se debieron a que se encontraba con carpeta médica.

Así las cosas, el tribunal precisó que “el artículo 209 de la LCT establece que, salvo en casos de fuerza mayor, el trabajador debe dar aviso de la enfermedad o accidente y del lugar en el que se encuentra, en el transcurso de la primera jornada de trabajo respecto de la cual estuviese imposibilitado de concurrir”.

Mensaje de texto
Ante ello, el magistrado afirmó que “Moya pretende acreditar el cumplimiento de tal requisito manifestando que el mismo día nueve de febrero se comunicó por vía telefónica con la empresa demandada y a través de un mensaje de texto, con su líder Soledad Moreno”.

“No obstante ello, no acreditadas dichas circunstancias y habiendo trabajado Moya el día doce de febrero, fecha en que habría cometido la falta por la que fuera suspendida al día siguiente, no puede tenerse por justificadas sus ausencias del nueve y diez de febrero de 2007”, confirmó el tribunal.

En consecuencia, el juez Razquin consideró que “no puede pretender (la demandante) percibir los cuatro días de haberes que se le descontaron en febrero de 2007, ni el adicional por presentismo de ese mes a tenor de lo dispuesto en los arts. 17 de la CCT 451/2006 y 40 de la CCT 130/75” ni “tampoco puede acogerse el reclamo fundado en el artículo 213 de la LCT”.

En ese sentido, se explicó que “si Moya fue despedida el diecinueve de febrero de 2007, por Escritura Pública (…) de ese mismo día, no puede argumentar que a esa fecha se encontraba enferma pretendiendo acreditar tal situación con un certificado médico expedido el día doce de marzo de 2007”.

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