De ser aprobada, implicará una reforma integral de la norma 24240. Se amplía la regulación del deber de información, se protege al “sujeto expuesto” y se consagran nuevas reglas sobre comercio electrónico
Con el apoyo de 10 senadores ingresó ayer el proyecto de Modificación de la Ley de Defensa del Consumidor. La iniciativa había sido entregada el 6 de diciembre a los ministros de Justicia, Germán Garavano, y de Producción y Trabajo, Dante Sica. Un total de 12 especialistas del país en la materia elaboraron la normativa. Uno de ellos es el juez cordobés Federico Ossola, vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 4ª Nominación.
La iniciativa busca “ampliar derechos del consumidor” y, de ser aprobada, implicará una reforma integral de la ley 24240.
“Este proyecto es fruto de un importante trabajo y queremos que salga por consenso; sabemos que muchas cosas van a ser revisadas, pero es muy importante que ya esté ingresado en el Senado”, remarcó Ossola en diálogo con Comercio y Justicia.
Cambios
En su artículo 2, el proyecto mantiene los conceptos de “consumidor” y “proveedor” emergentes de la legislación actual. Sin perjuicio de ello, se protege al “sujeto expuesto” a los efectos de la información, la publicidad, las prácticas abusivas y la seguridad, procurando zanjar las disputas que aún existen en el ámbito de la doctrina y jurisprudencia.
Se jerarquiza los principios que rigen las relaciones de consumo incorporándose varios que antes no estaban consagrados en este ámbito (consumo sustentable, protección de las personas con vulnerabilidad agravada, tutela de la dignidad humana, principio antidiscriminatorio, progresividad y no regresión, principio precautorio, etc.)
Asimismo, se amplía la regulación del Deber de Información y de los Deberes de Protección y Seguridad. Se profundiza la protección del consumidor frente a las prácticas abusivas
Se introducen varios ajustes en materia contractual, armonizándose las soluciones legales con las nuevas normas del Código Civil y Comercial de la nación. Entre ellas se destaca una completa regulación del crédito para el consumo, la prevención del sobreendeudamiento del consumidor y el pagaré de consumo y se consagran nuevas reglas sobre comercio electrónico.
El anteproyecto reformula, asimismo, la tutela del consumidor ante la causación de daños a su persona y a sus bienes, ajustándose la regulación de los “Daños Punitivos”, denominados ahora “Sanción punitiva por grave menosprecio a los derechos del consumidor”.
Instituciones
En lo atinente al diseño institucional se incorporan importantísimas modificaciones: se establecen nuevos requisitos y se jerarquiza la actuación de las Asociaciones de defensa del Consumidor, se crea una nueva Autoridad de aplicación, la Autoridad Nacional del Consumidor (Ancon), se reconoce al Consejo Federal de Consumo (Cofedec), integrado por la Autoridad Nacional de Defensa del Consumidor, y las Autoridades Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se regula con detalle la defensa administrativa del consumidor; asimismo, se regula con mayor detalle la protección judicial del consumidor en las acciones individuales y los procesos colectivos. Además, se regula la prescripción liberatoria.