El tribunal declaró inconstitucional un artículo del decreto 410/2001, que limita el derecho a ser
resarcidos en tales casos sólo a los familiares a cargo del daminificado, menores de 21 años de edad
La Cámara Única del Trabajo de la ciudad de Villa María declaró la inconstitucionalidad del artículo 5 del decreto 410/2001, que limita el derecho de ser resarcidos ante un infortunio a los familiares que hayan estado “a cargo” del trabajador, sean solteros y tengan menos de 21 años de edad. Así, el tribunal ordenó indemnizar a dos hermanas de un empleado muerto en un accidente de tránsito mientras se dirigía a su trabajo.