NEWSLETTER
martes 21, marzo 2023
El tiempo - Tutiempo.net
  • Iniciar sesión
  • Registrate
JUS: $5.968,91
Suscribite
Comercio y Justicia
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
Comercio y Justicia Capacitaciones
Club Comercio y Justicia
martes 21, marzo 2023
Comercio y Justicia
  • Iniciar sesión
  • Registrate
Suscribite
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
Comercio y Justicia
SUSCRIBITE | Club Comercio y Justicia

Incluyen tickets como base para cálculo indemnizatorio

11 agosto, 2010
Compartí en FacebookComparti en TwitterEnviá

El rubro, que no había sido tenido en cuenta en el concepto de mejor remuneración mensual, incrementó en 10% el resarcimiento original.

De conformidad con la ley Nº 26341 y su reglamentación (decreto 198/08), la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba, integrada por Susana Velia Castellano, condenó a Siemens IT Solutions and Services SA a abonar diferencias indemnizatorias en 10% de lo liquidado a un ex empleado, al advertir que para el cálculo indemnizatorio no se incluyeron los tickets canasta y restaurant en el concepto de mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año.

Andrés Gustavo Amor denunció que la empresa, a fin de calcular sus indemnizaciones por despido, tomó como base para el cálculo la suma de $2.680,41, sin contar los adicionales de tickets canasta y restaurant que debió percibir, ascendiendo así la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año a $3.229,41.

Al respecto, la jueza sostuvo que lo abonado en concepto de tickets canasta y restaurant “deberán integrar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año, pero de acuerdo al límite establecido por la ley 26341 (…) en su artículo 3º, reglamentada por decreto 198/08”.

Y en función de esa normativa, vigente a la fecha de despido del actor, la magistrada puntualizó que “corresponde adicionar un diez por ciento (10%) del monto por él percibido, en concepto de tickets canasta y restaurant, a la mejor remuneración mensual, normal y habitual que establece el ya citado artículo 245 del RCT”.

Prestaciones
En ese sentido, se explicó que “la ley 26341, cuando luego de derogar los incisos b) y c) del artículo 103 bis de la ley 20744 y el artículo 4 de la ley 24700, expresa: ‘Las prestaciones comprendidas en los incisos derogados del artículo 103 bis de la Ley 20744 que los empleadores vinieran otorgando, adquirirán carácter remuneratorio de manera escalonada y progresiva, a todos los efectos legales y convencionales, a razón de un diez por ciento (10 %) de su valor pecuniario por cada bimestre calendario a partir de la entrada en vigencia de la presente ley”.

“El porcentaje remanente deberá continuar abonándose, pudiendo conservar transitoriamente su carácter no remunerativo hasta su incorporación a la remuneración conforme con lo dispuesto en el párrafo precedente», se añadió.

Por ello y conforme con el decreto reglamentario 198/08, la sentenciante concluyó que debe incorporarse “el porcentaje del diez por ciento (10%) por el bimestre enero-febrero de dos mil ocho, que se convierte en remunerativo, del monto de los tickets percibidos por el accionante, ya que su despido ocurrió antes del vencimiento del próximo bimestre”.

Leé también

El juramento de un perro

El juramento de un perro

20 marzo, 2023
Abogados santafesinos piden medir la productividad de los tribunales

Suspenden a jueza por sus ausencias injustificadas

20 marzo, 2023

Condenan a tres años a hombre que abusó de su hijastra

20 marzo, 2023

Denuncian al intendente de Villa María por lesiones leves contra ex pareja

20 marzo, 2023
Valor +

Opinión

La expresión femenina en la historia [I]
Opinión

La expresión femenina en la historia [I]

20/03/2023

 Por Miguel Rodríguez Villafañe (*) Desde siempre los hombres y las mujeres, en un mundo a compartir, ejercieron el derecho a pensar,...

Pretenden que Córdoba  tenga una ley provincial de  emergencia climática

Ascuas climáticas: entender y ¡hacer!

20/03/2023
La violencia institucional a 40 años de democracia

La violencia institucional a 40 años de democracia

19/03/2023

Newsletter

Formá parte de nuestra comunidad de Empresarios y Profesionales y recibí la información especializada más relevante para que puedas anticiparte en tus decisiones estratégicas.


SUBSCRIBITE

© 2021 Comercio y Justicia Editores

Gestión

  • Edición en PDF
  • Suscribite
  • Gestión de Cliente
  • Mediakit
  • Términos y Condiciones
  • Oficinas comerciales, Redacción y Taller
  • Historia

Canales

  • Alertas por WhatsApp

Publicaciones

  • Semanario Jurídico
  • Factor
  • El Inversor y la Construcción
  • Valor +
  • Día del Abogado
  • Formación continua
  • Día del Profesional
  • Día del Graduado en Cs. Económicas
  • Buenas Prácticas
  • Salud
  • Iniciar sesión
  • Registrate
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
  • Justicia
    • Cálculos judiciales
    • Mediación
  • Economía
    • Comercio Exterior
    • Pymes
    • Economía Verde
    • Dólar y Mercados
  • Negocios
  • Profesionales
    • #FormaciónContinua
    • RRHH
  • Leyes y Comentarios
  • Oportunidades
    • Remates
    • Licitaciones
    • Inversiones
    • Hacienda y agro
  • Factor
  • Comercio y Justicia Capacitaciones
  • Más
    • Edición en PDF
    • Valor +
    • Salidas
    • Opinión
    • #MundoPsy
  • Suscribite

© 2023 Comercio y Justicia Editores

¡Bienvenid@ de nuevo!

Ingresá con Facebook
Ingresá con Google
Ingresá con Linked In
O

Iniciá sesión con tu usuario

¿Olvidaste la contraseña? Registrate

¡Creá una nueva cuenta!

Registrate con Facebook
Registrate con Google
Registrate con Linked In
O

Completá este formulario para registrarte

Ambos campos son obligatorios. Iniciá sesión

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Iniciá sesión
Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?