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Imputan el delito de tenencia de drogas con fines de venta

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“Este tribunal tiene reiterada jurisprudencia en el sentido de considerar a los controles previos efectuados a personas a las que se vio efectuando pasamanos con el/los imputados, como indicios de una actividad vinculada al tráfico de estupefacientes, pero que no podemos calificar de comercialización de los mismos, puesto que carecemos de elementos de prueba directa que nos permitía sustentar tal aserto (…), sin embargo la tenencia de droga por parte de aquellos que se retiraron de la vivienda, sí debe sumarse como elemento indiciario a una circunstancia que tenemos precisamente acreditada cual es que, en efecto, la encartada Romero tenía el estupefaciente en su poder, idénticos cigarrillos de marihuana secuestrados a quienes previamente fueron vistos con ella efectuando los típicos pasamanos”, expresó el Tribunal Oral Federal Nº1 de Córdoba en su resolución, tras declarar a la nombrada como autora responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Los jueces Jaime Díaz Gavier –autor del voto- Carlos Otero Álvarez y José Vicente Muscará, en la causa “Villareal Domingo, Romero Ladi y otros psa infracción ley 23737”, encontraron una particularidad en el marco probatorio “la confesión de la imputada Romero, primeramente en la etapa instructoria de haber vendido droga y en el marco de la audiencia de debate, de haber entregado estupefacientes a título gratuito por encontrarse amenazada por una ex pareja”.

Confesión

“Sobre el particular, el suscripto entiende que la confesión por sí sola no puede constituir el único elemento de cargo como para tener por acreditada la existencia del hecho y la responsabilidad que la imputada confiesa (…) sin embargo, si otros elementos probatorios directos permiten reconstruir los hechos y su responsabilidad penal en los mismos, aquella confesión adquiere carácter coadyuvante, permitiendo una atribución coherente de reproche penal”.
Por el contrario, el tribunal concluyó que no quedó acreditado que la tenencia del estupefaciente que le fuera secuestrado a Villareal durante el procedimiento que se desarrolló en su domicilio.

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