Rechazan admitir los rubros emergentes del despido indirecto en que se consideró el accionante y revocan la sentencia de Cámara que había hecho lugar al planteo. Para el TSJ cordobés, lo ocurrido en el caso se debió estrictamente al deseo del demandante de abandonar la relación El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.
Claro como el agua
Por Claudia A. Salvay (*) En la sociedad actual se plantea una nueva cultura jurídica por medio de la mediación, que fomenta...