viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Fiscalía pidió que no se debiten cuotas de un crédito a un jubilado

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La Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca dictaminó que debe rechazarse el recurso interpuesto por el Banco de la Nación Argentina (BNA) contra una medida cautelar concedida por el Juzgado Federal N° 1 de esa jurisdicción, que le ordenó a la entidad suspender el débito de las cuotas de un crédito concedido a un cliente jubilado y veterano de la Guerra de Malvinas, discapacitado. La contratación fue realizada a su nombre mediante una maniobra de phishing, un método para conseguir datos personales bajo engaño.

En noviembre del año pasado, la víctima solicitó al BNA la nulidad de un crédito de $270.000 otorgado a su nombre entre el 18 y el 21 de septiembre, que no había solicitado ni percibido, pero cuyas cuotas se le debitaban de su cuenta, de la cual habían extraído $16.000, todo mediante el sistema de homebanking de la entidad bancaria.

En su presentación, el hombre señaló que en agosto de 2020 había publicado a la venta un tractor en la plataforma Marketplace de Facebook. Días después, un supuesto interesado se contactó con él y le pidió los datos para realizar la transferencia para señar el vehículo y que le cancelaría el resto cuando concurriera a retirarlo. Asimismo, el 18 de septiembre, el supuesto comprador le envió un comprobante de la supuesta transferencia realizada, pero cuando la víctima verificó en su cuenta vio que no se había acreditado el dinero. En este contexto, el comprador le dijo que había un problema administrativo con el banco, que se solucionaría desde un cajero.

Esa tarde, la víctima recibió un correo electrónico de Red Link que decía que un asesor se comunicaría con él para “realizar la activación” del dinero supuestamente transferido y nunca acreditado. Mediante un llamado le indicaron qué debía hacer en un cajero automático. Días después, al ingresar a su homebanking, el damnificado tomó conocimiento de que se había contratado un préstamo a su nombre, por $270.000, que se había hecho una extracción de $16.000 y que los fondos se habían transferido a otras dos cuentas, radicadas en entidades de las provincias de Córdoba y Santa Fe, por lo que efectuó la pertinente denuncia penal en la UFIJ N° 12 de Bahía Blanca.

La entidad bancaria se negó a anular las operaciones realizadas porque consideró que la operatoria había sido regular. La Justicia federal le concedió una medida cautelar al damnificado, que el MPF consideró debe mantenerse.

Asimismo, intimó al BNA a que anulara las operaciones efectuadas. Pero la entidad bancaria se negó, por considerar que la operatoria había sido regular, que la víctima fue quien generó la clave de homebanking en el cajero automático y que se la facilitó a terceros. 

Vulnerabilidad y falta de información

Al dictaminar, el fiscal federal sostuvo que la víctima es una persona mayor, que cobra una pensión honorífica como veterano de la Guerra de Malvinas y que padece una discapacidad generada en el conflicto bélico, todo lo cual lo hace una persona extremadamente vulnerable. Asimismo, señaló que la entidad bancaria no le informó “al cliente cuáles eran sus supuestas obligaciones como usuario en cuanto a no entregar sus credenciales, ni siquiera a supuestos operadores de la entidad que se presentan luego de usurpar una identidad en un contexto temporal donde los casos se venían incrementando hace meses”.También, en su dictamen el representante del MPF destacó que el banco debería, además de proporcionar credenciales de acceso y un segundo factor de autenticación (token), haber implementado alertas de seguridad y sistemas de detección que permitieran verificar si se accedía a la cuenta desde un dispositivo diferente o si se realizaban operaciones que no correspondían con el perfil habitual del cliente, como ser la obtención de un crédito por canales electrónicos y su inmediata transferencia a cuentas que ni siquiera tenía adheridas. Asimismo, cuestionó que el banco no indicara “cuáles fueron las razones por las cuales, pese a que terceros ingresaron a la cuenta del actor, no sólo tenían a su disposición los fondos depositados sino la posibilidad de obtener, en forma inmediata, un crédito por casi el cuádruple de la pensión de la víctima”.

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