Los padres interpusieron el recurso para costear los gastos médicos de su hija en una clínica de Estados Unidos. El Ministerio Público hizo énfasis en el derecho a la salud y a la vida
Fabián Canda, titular de la Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 8, se pronunció a favor de la acción de amparo presentada por un matrimonio que busca autorización para la compra de dólares, libres de impuestos, para financiar el tratamiento médico de su hija de 12 años en una clínica de los Estados Unidos. Canda enfatizó que esta autorización debería ser definitiva, para no afectar el derecho a la salud y la especial protección de los niños y las personas con discapacidad.
Los padres de la niña, quien sufre de una enfermedad cardíaca congénita, interpusieron el amparo contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Su objetivo es declarar la inaplicabilidad del capítulo 6 de la Ley 27541, que establece restricciones a la compra de moneda extranjera. La pareja busca ser autorizada a adquirir dólares al tipo de cambio oficial, sin el impuesto PAIS y sin percepciones de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales, para poder cubrir los gastos médicos de su hija, quien ha estado recibiendo tratamiento en Estados Unidos desde 2015.
En una decisión anterior, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 2 admitió el pedido y el 26 de abril pasado ordenó el acceso al mercado cambiario para la adquisición de dólares, sin percepciones impositivas. Aunque la medida fue apelada por las partes demandadas, fue confirmada por la Sala V de la Cámara del Fuero en mayo. Sin embargo, los padres denunciaron que la medida cautelar no fue cumplida adecuadamente.
A pesar de que el BCRA informó que los padres habían podido adquirir el dinero necesario, el fiscal Canda consideró pertinente pronunciarse sobre el tema debido a la naturaleza de los derechos involucrados. En su dictamen, respaldó la acción de amparo y solicitó que se otorgue carácter definitivo a las autorizaciones previamente concedidas para la compra de divisas, necesarias para cubrir los gastos del tratamiento, alojamiento y otros costos asociados.
Canda subrayó que se ha comprobado el diagnóstico médico de la menor y que tanto la AFIP como el BCRA no niegan la exclusión de estos gastos del pago de impuestos. Además, enfatizó que la normativa cambiaria vigente no impone restricciones al mercado de cambios para realizar pagos de este tipo.El fiscal fundamentó su postura en el derecho a la salud, que está intrínsecamente relacionado con el derecho a la vida, así como en las convenciones internacionales que reconocen la vulnerabilidad especial de los niños y personas con discapacidad, lo que exige una mayor protección por parte del Estado para garantizar el disfrute de sus derechos fundamentales.