La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional otorgó la excarcelación a una persona con antecedentes penales y sobre la que pesaba la posibilidad de una condena de cumplimiento efectivo, al sostener que “la eventual pena en expectativa” es un motivo que “no basta por sí solo para mantener la medida cautelar cuestionada”.
En una resolución de cinco carillas, la “Sala de feria” del tribunal revocó ayer un fallo de la Sala VI de la Cámara del Crimen que el 12 de noviembre pasado resolvió “confirmar el rechazo de la excarcelación del imputado Marcelo César Fernández, bajo ningún tipo de caución”.
Los camaristas Daniel Morin, Luis García y Eugenio Sarrabayrouse descartaron uno de los argumentos tomado en las instancias anteriores que consistía en que el imputado tenía “varias identidades” en el Registro Nacional de Reincidencia y señalaron que, en este proceso, está debidamente identificado.
“Si bien cuenta con otras filiaciones según informó (…) en lo que respecta a este proceso, el imputado se identificó correctamente desde su inicio, aportó su documento nacional de identidad y el domicilio que indicó fue constatado”, y los demás datos “coinciden con los que figuran en la sentencia de condena y el auto que le otorgó la libertad condicional”.
Los magistrados también desestimaron “el argumento vinculado a la posible afectación al desarrollo de la investigación” la existencia de prueba aún por realizar y afirmaron que esas medidas consisten en “peritaje e informes” que “no podría ser frustrada por la puesta del imputado en libertad”.
“Ante este contexto, la única razón que sustenta el encarcelamiento preventivo de Fernández es la eventual pena en expectativa, motivo que no basta por sí solo para mantener la medida cautelar cuestionada”, dijeron los jueces, y dispusieron “hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa”.