La Justicia Federal de Rosario ordenó el inmediato bloqueo de acceso desde cualquier parte del país a las páginas web vinculadas con la firma Procash. La medida es consecuencia de la demanda interpuesta por la asociación Usuarios y Consumidores Unidos (UCU), representada por el abogado Adrián Bengolea, después de advertir de la existencia de varias webs engañosas de una firma con ese nombre que atraía a potenciales inversores a un sistema piramidal y no cumplía el requisito de informar nombre, domicilio y CUIT del oferente, “omisión que imposibilita a los consumidores efectuar reclamos en caso de incumplimiento“.
Al respecto, UCU detalló que la firma denunciada “se encontraba organizando reuniones y difundiendo en las redes un folleto digital a través del cual ofrecía distintas promesas de inversiones con rendimientos de tasas de interés que no existen en ningún mercado mundial, presumiendo que se trata de un ‘sistema piramidal’, también conocido como ‘esquema ponzi’, listo para generar un nuevo perjuicio masivo a la comunidad”.
La Sala B de Cámara de Apelaciones, integrada por José Toledo y Élida Isabel Vidal, encontró acreditada la verosimilitud del derecho al comprobar, prima facie, de la prueba acompañada, que la firma Procash iincumplía en sus publicaciones la exigencia de informar nombre, domicilio y CUIT.
Para los magistrados, resulta “conveniente prevenir un eventual daño a potenciales consumidores/inversiones que se vincularían con un sujeto imposible de identificar”.
La cautelar tendrá vigencia hasta tanto el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) “acredite haber dado efectivo cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8, segundo párrafo, de la ley 24240 -comunicación de nombre, domicilio y CUIT del oferente-“. Además, la demandada deberá cumplir con la comunicación a las prestatarias del servicio de Internet del país inscriptas ante dicho organismo y también publicar la resolución en su página web.