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Esas raras leyes laborales

Por Luis Carranza Torres* y Sergio Castelli**
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Que el derecho del trabajo sea a veces un galimatías es algo que no resulta nuevo para quienes conocemos el ramo. Sea que se trabaja, se brinde trabajo, se asesore o se defienda a una u otra parte de la relación, alguna vez habremos sentido esa sensación de no entender ciertas cuestiones.

Se trata de un sentimiento transversal a todos. Tironeado por diversos factores, los desafíos tanto de la coyuntura como en el mediano y largo plazos llegan a dar forma muchas veces a normas que pueden resultar curiosas, pero nos ayudan a repensar la relación laboral desde otros puntos de vista.

Sin ánimo de juzgar a nada ni a nadie, vamos a hacer un pequeño repaso de alguna de aquella normativa en el mundo, que llama a la curiosidad.

Alemania, por caso, no es sólo un país con vocación de trabajo por parte de sus empleados. Existe una filosofía de la productividad que lleva a un compromiso mutuo en no pocos casos: por la parte empleada, de dedicarse con conciencia a sus labores; por la parte empleadora, a preservar el recurso humano de la firma. Es así que cuando entró en vigencia una regulación del ministerio de trabajo germano que prohíbe a los directivos contactar a sus empleados fuera del horario de trabajo, salvo en acreditadas “circunstancias excepcionales”, no eran pocas las empresas que ya no tenían como parte de sus normativas internas. El complejo automotor Volkswagen, desde 2011 ha desactivado los correos electrónicos de la firma para los empleados, bajo lo que entre nosotros sería un convenio colectivo de trabajo, fuera del horario de labor. La medida de la empresa apuntaba a preservar su capital de trabajo. Si los empleados no se “desenchufan” del trabajo, rinden menos en la siguiente jornada.

Pero la medida también cuenta con sus detractores, aun entre los empleados supuestamente beneficiados. No pocos de quienes trabajan en empresas de tecnología, donde el trabajo depende más de la técnica personal que de estar en una determinada oficina, lo ven con malos ojos.

Entienden que vuelve rígido e impone un horario para llevar a cabo las labores, cuando en el caso de quienes tienen que cumplir objetivos pueden darse el lujo de elegir el momento en el día para llevarlos a cabo.

No niegan las bondades de “desconectarse de su trabajo”, pero entienden que establecer un límite de tiempo “no es útil”. Anne Goldmann, quien cumple tareas asalariadas en tal rama, dijo, además:

“Me gusta mucho desconectarme durante las horas de trabajo e ir al gimnasio cuando me siento agotada. Después soy más productiva y en ocasiones me quedo más tiempo para compensar el tiempo perdido durante el día”.

Una medida de regulación laboral mucho más discutible es la que entró en vigencia en 2008, en Japón, en virtud de la cual se estableció una medida máxima de cintura y otros requisitos de salud para todos aquellos trabajadores de entre 40 y 75 años.

Su cumplimiento se controla mediante un examen médico anual que comprende igualmente distintos parámetros adicionales, como la presión sanguínea y el nivel de colesterol. Los empleados que no lo pasan reciben asesoramiento para ayudarlos a perder peso. En el caso de los empleadores, aquellos que no logran reducir el número de empleados “en infracción” en el porcentual que establece la norma son penalizados teniendo que realizar mayores aportes a un programa de salud nacional para los ancianos.

Como decían Alberdi, Savigny y varios otros: el derecho parte de la experiencia. Por eso, podemos concordar o no con estas regulaciones. Lo que no debemos permitir es que nos priven de pensar, si no pueden aportarnos algo a nuestra realidad para mejorar las relaciones del mundo del trabajo.

 * Abogado. Doctor en Ciencias Jurídicas.** Agente de la Propiedad Industrial.

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