El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 84 desestimó el pedido de limitar la capacidad de un adulto mayor, de 88 años, impulsado por dos de sus hijas.
Según se desprende de la causa, el hombre convive con su tercera hija y estuvo un tiempo residiendo en un geriátrico debido a una fractura de fémur. En concreto, el hombre expresó “que pasó demasiado tiempo encerrado y que no quiere terminar allí su existencia y que quiere terminar sus días en una casa rodeado de su familia”.
A su vez, la evaluación interdisciplinaria reveló deterioros propios de la edad pero descartó cuestiones de salud mental porque se encuentra “en pleno uso de sus facultades mentales para el ejercicio de sus derechos civiles”.
El defensor Público curador, por su parte, solicitó el rechazo de la acción con el argumento de que no puede asociarse la vejez con un proceso judicial de restricción del ejercicio de su capacidad.
En este escenario, la jueza Mónica Fernández destacó que el hombre, de 88 años, tiene “ciertas limitaciones leves, acordes a su edad, que no interfieren en su cotidianeidad”, y que se trata de “una persona lúcida (que) está perfectamente ubicada en tiempo y espacio, interacciona con el entorno, puede expresar claramente su voluntad y deseos y conoce y comprende el alcance de sus decisiones”.
“Dicho de otro modo: senectud no es lo mismo que senilidad. La senectud representa un estado biológico normal inherente al proceso mismo de la vida, en el que esa normalidad se traduce en declinaciones y cambios, tantos psíquicos como físicos, de carácter cuantitativo y armónico que, por ser propios de dicho estado, no pueden ser juzgados como síntomas patológicos. La senilidad, en cambio, representa la expresión patológica de la ancianidad”, explicó Fernández, para quien el hombre “está en una etapa de la vida que -por imperativo moral y jurídico- debería transcurrir con tranquilidad, sin zozobras, con la mayor plenitud posible y siendo respetado en toda su dimensión personal”, y que “se ha visto sometido a múltiples acontecimientos a raíz de la presente denuncia”.