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En Santa Fe ganaron los súper: las provincias no pueden legislar sobre jornada

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Se definió la causa que comenzó cuando Coto y Carrefour cuestionaron la ley que comenzó a regir en Rosario en julio de 2016. El sector empresarial no descarta accionar por daños. No obstante, el Sindicato de Empleados de Comercio adelantó que recurrirá ante la Corte Suprema

Finalmente, la polémica normativa santafesina que establecía que los supermercados con gran superficie no podían abrir los domingos quedó sin efecto, luego de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) provincial determinó que esa medida inconstitucional.
La semana pasada, el tribunal cerró la batalla legal que comenzó cuando Coto y Carrefour cuestionaron la legislación que comenzó a regir en Rosario en julio de 2016.
Si bien en primera instancia el punto de vista de las firmas sobre la cuestión no fue tomado en cuenta, en diciembre del año pasado la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de aquella ciudad les dio la razón. Así, revocó lo decidio por el a quo, admitó el planteo de inconstitucionalidad que presentaron y les otorgó una cautelar que les permitió trabajar con normalidad hasta que la CSJ admitió el recurso de queja interpuesto conjuntamente por el gobierno del socialista Miguel Lifschitz (quien cuando era intendente criticó la ordenanza), el municipio rosarino y la Asociación Empleados de Comercio en contra del decisorio de la alzada.

A su turno, además de alegar que la ley 13441 atentaba en contra del empleo, las reclamantes sostuvieron que avanzó sobre la regulación de la jornada, una materia reservada por la Constitución Nacional al Congreso.La Cámara -integrada por los vocales María Chapero, Santiago Dalla Fontana y Aldo Casella- admitió ese argumentoy expresó que el núcleo de la cuestión, por más que se lo disimulara detrás de la regulación de la apertura y cierre de negocios, estaba constituido por materia de derecho laboral de fondo: el régimen del descanso semanal obligatorio; todo ello, en clara extralimitación de lo normado uniformemente para todo el territorio en las leyes 18204, 20744 y 21397.
La definición de batalla judicial más importante que se generó en la jurisdicción no llegó antes porque hubo un empate en el Alto Cuerpo, que está integrado por seis magistrados.
La causa quedó estancada y, por ello, en septiembre el tribunal convocó a una aundiencia de conciliación entre sindicatos y supermercadistas, pero fracasó y el magistrado Abraham Vargas -integrante de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe- fue designado por sorteo para romper la paridad.

El sector empresarial esperaba con ansiedad la decisión sobre el fondo de la controversia. Ahora, con el tema concluido, algunos supermercados no descartartan accionar contra la Municipalidad de Rosario y la Provincia de Santa Fe por los daños y perjuicios que les generó tener que paralizar su giro un día a la semana o, en su defecto, abonar sanciones pecuniarias.
No obstante, el abogado del Sindicato de Empleados de Comercio, Nicolás Mayoraz, adelantó que recurrirán ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Al desestimar el recurso en contra del fallo de Cámara, la CSJ de Santa Fe votó de la siguiente manera: el presidente del cuerpo, Daniel Erbetta, y los jueces María Gastaldi y Roberto Falistocco votaron a favor de la ley, mientras que los magistrados Rafael Gutiérrez, Eduardo Spuler, Mario Netri y Abraham Vargas, en contra.
La decisión involucra sólo a Coto y Carrefour. Los otros supermercados – tanto los que abren los domingos como los que no- continúan sus propios juicios. Jumbo, Dar, La Gallega y La Reina podrán seguir operando gracias a la cautelar que consiguieron. Por su parte, el supermercado Libertad continuará cerrando.
La disparidad de criterios judiciales en la provincia fue denunciada por las compañias afectadas por la legislación mientras reinaba la incertidumbre sobre la definición del caso de Coto y Carrefour. En ese sentido, alegaron que los fallos disímiles generan una situación de desigualdad entre aquellos que fueron favorecidos con cautelares y los que no.

Córdoba
Mientras en Santa Fe la causa por el descanso dominical estaba trabada, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) se pronunció a favor de un supermercado de Arroyito y determinó que los municipios carecen de competencia para regular sobre la jornada.
Al darle curso a la acción declarativa que promovió el dueño de un comercio, quien alegó que la norma violaba derechos adquiridos vinculados con el desarrollo de la iniciativa privada, trabajar y comerciar, el TSJ consideró inconstitucional la ordenanza que esa municipalidad dictó en 2014 estableciendo la obligatoriedad del descanso dominical.
El Máximo Tribunal sostuvo que la comuna se extralimitó e invadió la esfera de competencia reservada al Congreso Nacional y sentó un precedente en la provincia, aunque las iniciativas legislativas al respecto no prosperaron.
La legilación declarada inconstitucional había sido impulsada por el gremio mercantil y fue aprobada en 2014.

Las aristas de una iniciativa polémica

A pocos días de la implementación en Rosario del descanso dominicial, en julio del año pasado, comenzó a debatirse la posibilidad de sancionar una manda similar para Córdoba y la legisladora Graciela Brarda presentó una iniciativa.
La Cámara de Comercio pidió abrir una mesa de diálogo plural para su debate y su titular, Horacio Busso, alertó sobre los riesgos a analizar, como la disminución del salario para los empleados que prefieren trabajar los domingos para cobrar doble o recibir comisiones.
Además, apuntó al impacto que podría tener en las ciudades turísticas y recordó que si bien el cierre de comercios los domingos en pos del descanso y de la recuperación de otros valores son cuestiones que no se discuten conceptualmente, no era un tema simple.
Busso también destacó la inconveniencia de generalizar a todo el mercado de comercio y servicios, por las numerosas variables que influyen en el desarrollo del sector y en los propios empleados.

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