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En las notificaciones debe imperar el principio de formalidad

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Si bien el juzgado de origen había declarado extemporánea la apelación, por entender que el apelante estaba notificado de la sentencia impugnada mucho tiempo antes, cuando pidió se incorpore una copia de la misma al “rehace” del expediente extraviado, la Cámara 5ª Civil y Comercial de Córdoba revocó lo decidido y determinó que el recurso fue interpuesto tempestivamente, tras recordar que “en materia de notificaciones campea el principio de formalidad”, el cual “no puede ser suplido a través de la presunción del conocimiento” de los términos de una resolución, como ocurrió en la causa.

En el caso, el expediente se extravió y el accionante pidió el “rehace” acompañando las copias que obraban en su poder y solicitando que el tribunal incorpore constancias de la sentencia dictada. Una vez cumplido ello, el demandante apeló, pero el juzgado actuante desestimó la impugnación por considerarla extemporánea “en virtud de las manifestaciones relativas a la sentencia (…) de las que se desprende el conocimiento por el recurrente del dictado de la resolución” mucho tiempo antes del escrito recursivo.
Sin embargo, la citada Cámara anuló lo resuelto y ordenó proveer la apelación, analizando que “el recurrente sabía de la existencia de la sentencia, pero no surge de las constancias de autos su conocimiento acerca del contenido de la misma”, por lo que, “encontrándose comprometida la garantía del debido proceso – el acceso a la doble instancia- (…) tal conocimiento no puede ser suplido a través de la presunción”.

El fallo indicó que “la ley ha impuesto una forma determinada para la notificación de la sentencia, y no está de más recordar que las formas tienen su razón de ser en contribuir a la seguridad de los derechos que resguardan, por lo que entendemos que ante la inexistencia de cédula y la falta de certeza sobre el conocimiento del contenido de la sentencia, debemos inclinarnos por considerar que la parte se encontraba en término para deducir la apelación de la misma y hacer lugar al recurso directo”.

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