El fallo sostuvo que, en materia de promociones y beneficios, las normas son de carácter restrictivo. En razón de ello, se rechazó la demanda con la que reclamaban por la construcción de un hotel El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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Claro como el agua
Por Claudia A. Salvay (*) En la sociedad actual se plantea una nueva cultura jurídica por medio de la mediación, que fomenta...