Admiten la queja de un trabajador que objetó que el bien raíz con el que podría resarcir su crédito fue sometido a un nuevo gravamen, tras ser desafectado por el Banco Hipotecario
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió el recurso presentado por un trabajador la cancelación del embargo sobre un inmueble. El actor interpretó que luego de que el Banco Hipotecario cancelara la hipoteca sobre el bien, desafectando la cláusula de inembargabilidad, los demandados sometieron su vivienda a un nuevo gravamen y tomaron un préstamo cuyo destino no fue la casa familiar sino la empresa. Destacó que -así- dicho inmueble dejó de ser inembargable.
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