En esta cuarta etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba habilitó anoche la posibilidad de que se realicen mediaciones judiciales vía remota.
En el acuerdo reglamentario Nº 1425 se estableció que, en una primera instancia, la implementación de la mediación virtual será gradual y se aplicará en los Centros Judiciales de Mediación de Córdoba y Río Cuarto a las causas prejudiciales e intrajudiciales de la ley 10543.
En el mismo sentido, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Córdoba difundió el protocolo de actuación elaborado por la Dirección de Mediación y el Centro Público de Mediación para aplicar la mediación virtual, a modo de plan piloto.
Según se estableció, la solicitud de una mediación prejudicial deberá hacerse mediante el envío de un correo electrónico por parte del abogado requiriente, dirigido al Centro Público de Mediación, al correo [email protected] Del mismo modo, deberá remitirse un correo al Centro Privado de Medicación elegido. La remisión de la solicitud a ambos correos es obligatoria.
Se estableció que el mail deberá contener el formulario de solicitud de mediación, que puede bajarse de la página web oficial del centro público, centro judicial y distintos centros privados.