La Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba validó la resolución del juez de primera instancia, quien consideró probado el hecho con la prueba testimonial, pese a que en la historia clínica no se consignó que el accidente se hubiera producido a la salida del establecimiento comercial El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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