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El poder político excluido del Consejo de la Magistratura

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La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inconstitucional el artículo de la reforma constitucional de 2006 que posibilitaba que el Poder Ejecutivo integre por decreto el Consejo Asesor de la Magistratura, encargado de la selección de los jueces inferiores.
El alto tribunal también ratificó que en el futuro no podrán concretarse reformas constitucionales por medio del sistema de enmiendas legislativas, como lo preveía la nueva Carta Magna sancionada.
“El Consejo debía contribuir decididamente al fortalecimiento de la independencia del Poder Judicial respecto de los poderes políticos, reduciendo fundamentalmente la injerencia y discrecionalidad del órgano Ejecutivo”, concluyeron los vocales Antonio Gandur, René Goane y Ebe López Piossek.

En un fallo dividido, ya que en disidencia se manifestó Alberto Brito, la mayoría de la Corte también concluyó que el sistema de enmiendas -por parte de la Legislatura- “no fue una modificación del sistema de reforma, sino la creación de un nuevo mecanismo”.
Como el Consejo ya no podrá ser integrado por decreto por el Poder Ejecutivo, el vocal Gandur propuso que hasta que una nueva reforma constitucional determine cómo debe integrarse, una ley lo prevea “asegurando un imprescindible equilibrio político y el buen orden de las instituciones”.
En minoría, Brito aseveró que no habiendo otra previsión constitucional en pie, las vacantes deben ser cubiertas por el sistema tradicional.

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