Una cámara Multifuero de Villa María convalidó el argumento dado por el juez a quo, en tanto se estableció la responsabilidad objetiva del demandado, no bastando la prueba de la no culpa para eximirlo de ello El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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